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II, 1, 16- LIBRO ARBC vs VENEZUELA ANTE CIDH ANALISIS CRITICO 2014

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120. Por su parte, el alegato del Estado según el cual era necesario esperarhasta la realización de la audiencia preliminar para decidir sobre las mencionadassolicitudes se fundamenta en el artículo 330 del COPP, mediante elcual se indica que 141 :Decisión. Finalizada la audiencia el juez resolverá, en presencia delas partes, sobre las cuestiones siguientes, según corresponda:1. En caso de existir un defecto de forma en la acusación del fiscalo del querellante, estos podrán subsanarlo de inmediato o en la mismaaudiencia, pudiendo solicitar que ésta se suspenda, en caso necesario,para continuarla dentro del menor lapso posible;2. Admitir, total o parcialmente, la acusación del Ministerio Públicoo del querellante y ordenar la apertura a juicio, pudiendo el Juez atribuirlea los hechos una calificación jurídica provisional distinta a la de laacusación fiscal o de la víctima;3. Dictar el sobreseimiento, si considera que concurren algunas delas causales establecidas en la ley;4. Resolver las excepciones opuestas;5. Decidir acerca de medidas cautelares;6. Sentenciar conforme al procedimiento por admisión de loshechos;7. Aprobar los acuerdos reparatorios;8. Acordar la suspensión condicional del proceso;9. Decidir sobre la legalidad, licitud, pertinencia y necesidad de laprueba ofrecida para el juicio oral.121. Para defender sus posiciones al respecto, las partes presentaron variostestigos y peritos sobre este punto. Por ejemplo, el señor Brewer manifestóen la audiencia pública que 142 :El Estado está obligado a decidir la solicitud de nulidad antes de laaudiencia preliminar porque esa decisión es justamente la que va a limpiaro no el proceso de violaciones constitucionales, una vez que se tomala decisión de la solicitud de nulidad, entonces es que se puede convocara la audiencia preliminar si esa solicitud de nulidad es declarada sin lugar,en ese estado es que esta el proceso en este momento. Paralizado porel Estado porque el juez no ha resulto la solicitud de nulidad que es la141 Artículo 130 del COPP (expediente de anexos a la contestación, tomo I, folio 20629).142 Declaración del señor Brewer Carías rendida en la audiencia pública celebrada en elpresente caso.425

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