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II, 1, 16- LIBRO ARBC vs VENEZUELA ANTE CIDH ANALISIS CRITICO 2014

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de “poeta.” En dicho libro, en efecto, Rodríguez confesó ante la Corte Interamericanaque él se había copiado una de las opiniones de periodistas que estabanen la denuncia que le había entregado personalmente el coronel Bellorín enmayo de 2002, la del periodista Rafael Poleo, a quien los otros periodistas a suvez se copiaron y repitieron; y que precisamente había usado su subalterna, laFiscal provisoria Sexta, Luisa Ortega Díaz, para imputarme en enero de 2005.Todos ellos, sin verificar, dieron por cierta dicha opinión periodística contenidaen los recortes que les entregó Bellorín, y uno de ellos se lo copió la Fiscal ensu imputación fiscal y el Fiscal general en su libro.13. Lo cierto, en todo caso, es que el libro del Fiscal General salió publicadodespués de que su subalterna, la Fiscal provisoria Sexta, Luisa OrtegaDíaz, ahora Fiscal General de la República, ya me había imputado con base enlos mismos “recortes de prensa” que él se había copiado indebidamente delexpediente; pero antes de que la misma Fiscal provisoria Sexta procediera aacusarme, sin duda siguiendo ya entonces las instrucciones u orientaciones queel Fiscal General, como Jefe del Ministerio Público, le habría dado o sugerido,igualmente con base en los mismos recortes de periódicos y videos, incluyendolos que se había copiado y publicado en su libro.14. Dicha acusación fiscal en mi contra la introdujo la Fiscal provisoriaSexta Ortega Díaz en octubre de 2005, incluso solicitando se dictase una medidade privación de libertad en mi contra, encontrándome yo en ese momentofuera de Venezuela, cumpliendo compromisos académicos. Fue elemental, queante la parodia judicial que ya había vivido, el que decidiera por prudenciaretrasar mi regreso al país, esperando que el juez decidiera la solicitud de nulidadabsoluta o amparo penal que mis abogados defensores, León HenriqueCottin y Rafael Odreman habían intentado en noviembre de 2005, el cual sinembargo, jamás se decidió. 315. Ante las masivas violaciones a mis derechos y garantías constitucionalesy convencionales, en enero de 2007, mis representantes formularon ante laComisión Interamericana de Derechos Humanos, la denuncia de violaciónmasiva de los mismos por parte de los agentes del Estado venezolano, iniciándoseel proceso ante el Sistema Interamericano de protección de los DerechosHumanos, hasta que el 3 de noviembre de 2011, la Comisión decidióadmitir el caso Nº 12.724, Allan R. Brewer-Carías <strong>vs</strong>. Venezuela, adoptandoel Informe de Fondo Nº 171/11 de la misma fecha, el cual fue hecho del conocimientode mis representantes el 7 de diciembre de 2011.3 Véase el texto de dicha solicitud de nulidad o amparo penal interpuesto conjuntamentecon la respuesta a la acusación fiscal en Allan R. Brewer-Carías, En mi propia defensa,Respuesta preparada con la asistencia de mis defensores Rafael Odreman yLeón Enrique Cottin contra la infundada acusación fiscal por el supuesto delito deconspiración, Colección Opiniones y Alegatos Jurídicos Nº 13, Editorial Jurídica venezolana,Caracas 200631

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