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MANUAL_DE_DERECHO_CONSTITUCIONAL_-_Dr._I

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m) Consagrar un sistema educativo más eficiente, libre y con participación de la

iniciativa privada.

n) Debe establecerse como obligatoria en los centros de estudios la educación

cívica y la promoción de los valores democráticos;

ñ) Resolver el problema de la propiedad;

o) En general, hacer un cambio o revisión de las instituciones fundamentales para

establecer un gobierno de leyes y no de hombres.

11. Sus órganos

Dos grandes corrientes de pensamiento se han confrontado para determinar la

forma en que el pueblo ejercita el derecho de soberanía; a saber:

a) La tesis del principio democrático de la soberanía popular, propiciada por los

colonos puritanos de Norteamérica, según la cual el ejercicio del poder constituyente

precisa de la intervención directa del pueblo, por lo que no sería suficiente la aprobación

de la Constitución por una asamblea constituyente, pues requiere además la ratificación

del pueblo (titular de la soberanía y del poder constituyente) por medio de un referéndum.

Ni la constituyente ni ningún órgano representativo sería depositario de la soberanía

popular.

b) La tesis de Sieyés, que le atribuye la soberanía a la nación y no al pueblo, la

cual por ser abstracta expresa su voluntad por medio de representantes. De aquí que la

potestad constituyente sólo puede ejercitarse a través de Asambleas integradas por

representantes de la nación, lo que significa que el poder constituyente que reside en el

pueblo y lo ejercita directamente, pasó a ser el poder de la asamblea de delegados de

la nación (asamblea constituyente). Esta tesis triunfó en el constitucionalismo europeo

posterior porque satisfizo a la burquesía triunfante, fue aceptada luego por la democracia

de partidos. Se apoderaron de las asambleas y apartaron al pueblo, quedando

prácticamente como depositarios de la soberanía popular.

La doctrina y el Derecho Constitucional Comparado registran la existencia de

varios sistemas o formas en que aparece el poder constituyente destinado a hacer una

Constitución: a) El pueblo en una asamblea aprueba la Constitución. Imposible de aplicar

en la democracia moderna que funciona en países de numerosa población, y en la

mayoría de los casos, con considerable extensión territorial. b) El pueblo en elección

popular directa nombra sus representantes a una asamblea constituyente que hará la

Constitución. Es el sistema de nuestro constitucionalismo y de otros países. c) Aprobada

por la constituyente, la Constitución se somete a la consulta popular por medio de un

referéndum. Se ha usado en varios países.

En el constituyente destinado a la reforma parcial se conciben los sistemas siguientes:

a) Participa la asamblea legislativa y el pueblo en una consulta popular, para

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