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MANUAL_DE_DERECHO_CONSTITUCIONAL_-_Dr._I

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Capítulo VIII

Sistema de gobierno

1. Diferencias entre régimen políticos y sistemas de gobierno. 2. Principales

sistemas de gobierno de la democracia representativa. 3. Sistema presidencial. 4.

Sistema parlamentario. 5. Sistema mixto. 6. Nuestro sistema presidencial.

1. Diferencias entre régimen político y sistemas de gobierno

El régimen político es la expresión de la organización política, económica y

social de un país. Puede ser totalitario, democrático o semidemocrático. En cambio,

el sistema político de gobierno se refiere a la estructura o composición del

Estado. Es importante advertir que el sistema de gobierno viene condicionado por

el régimen político.

2. Principales sistemas de gobierno de la democracia representativa

En el capítulo VI hemos hecho un breve análisis histórico de las formas o

sistemas de gobierno. Ahora concretaremos el estudio sobre los principales sistemas

de gobierno de la democracia moderna o representativa.

Son dos grandes sistemas: el sistema presidencial y el parlamentario. De

ambos ha surgido el sistema mixto.

3. Sistema presidencial

El sistema presidencial tiene su origen en la Constitución de los Estados Unidos.

Básicamente está integrado por tres poderes independientes y con controles

mutuos. El poder judicial puede controlar la constitucionalidad de las leyes.

El presidencialismo de los países latinoamericanos ha hecho del presidente

la figura central y preponderante del Estado. Esta visión está siendo rechazada por

la doctrina, y las últimas constituciones de nuestros países establecen un mejor

balance entre los poderes.

El sistema presidencial se caracteriza así:

A. El poder del ejecutivo se concentra en la figura del presidente, que de

acuerdo a nuestra Constitución es el Jefe de Estado, de Gobierno, y del Ejército

Nacional 1 . En resumen, es un ejecutivo unitario.

B. El parlamento no elige al presidente, sino que lo hace el pueblo en

comicios electorales directos o indirectos. Este tipo de elección le concede

legitimidad popular e independencia del legislativo.

1

Art. 144 Cn.

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