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MANUAL_DE_DERECHO_CONSTITUCIONAL_-_Dr._I

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za y esfuerzos se han perdido en nuestras infructuosas luchas políticas. La culpa

es imputable a los dirigentes. En pocas ocasiones se ha logrado una mayoría tan

elevada entre fuerzas de tendencias bien diferentes, a fin de tomar decisiones

trascendentales para la vida del país, como son las reformas constitucionales.

Para que las reformas no sean papel mojado, la sociedad civil y los partidos

políticos deben vigilar celosamente su cumplimiento. No debemos olvidar que en

la interacción Derecho-sociedad podemos encontrar tres Derechos: el que aparece

en las leyes, el aplicado por los operadores legales (jueces, etc.) y el Derecho

utilizado por la sociedad. Esto explica que muchas leyes entren en desuso y otras

sean aplicadas por los tribunales en forma no ajustada a su texto (por amplitud o

por restricción), etc.

Por otra parte, muchas disposiciones constitucionales tienen carácter

programático o contienen principios vagos o generales. Esto obliga a presionar a

los legisladores para que dicten las leyes que las desarrollen, a las autoridades

competentes para que asignen los recursos económicos necesarios para que tengan

realidad práctica, y a los poderes del Estado para que se sometan al espíritu

de ellas.

La democratización y modernización de Nicaragua no termina con la aprobación

de las reformas a la Constitución. Poner en práctica las nuevas orientaciones

constitucionales y actualizar nuestra añeja legislación, es una delicada tarea que

traerá cambios profundos en el ordenamiento jurídico que en forma directa y efectiva

beneficiará al país. Para realizarla, es preciso promulgar nuevos códigos: penal,

civil, mercantil, procesal civil, procesal penal; un Código de Etica; un Código

Penal y Procesal Penal militares; modernizar el Registro de la Propiedad Inmueble;

reducción y tecnificación del Estado; promulgar las leyes que ordene o requiera

la reforma constitucional (Ley de lo Contencioso Administrativo, Ley del Patrimonio

Familiar, etc.) etc. Esto es un serio reto para los juristas, el Estado, los partidos

políticos y la sociedad en general.

Ya se ha aprobado el nuevo Código del Trabajo, la nueva Ley Orgánica de

Tribunales (vetada parcialmente), la Ley de Iniciativa Ciudadana de Leyes y la Ley

de la Procuraduría de Derechos Humanos.

2. Líneas generales del contenido original de la Constitución

Para comprender mejor el alcance de las reformas constitucionales, haré un

resumen del contenido original de la Constitución de 1987.

a) En materia de derechos humanos no se establece el sistema de la lista

abierta (numerus apertus de los derechos y garantías); existen muchas disposiciones

programáticas que representan meras aspiraciones; muchas disposiciones

constitucionales remiten a la ley ordinaria para su regulación o establecen conceptos

vagos o indefinidos (intereses nacionales, intereses de la mayoría, el bien co-

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