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MANUAL_DE_DERECHO_CONSTITUCIONAL_-_Dr._I

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Capítulo X

El Poder Legislativo

SUMARIO: I. Origen. II. Importancia. III. Unicameralismo o bicameralismo. IV.

Estructura: 1. Organos y poderes del Estado. 2. Organos fundamentales: A. Poderes

estatales. B. Organos constitucionales. C. Organos de relevancia constitucional.

3. Organización interna de la Asamblea Nacional: A. La Junta Directiva. B. La

Presidencia. C. La Secretaría. D. Las Comisiones Legislativas. E. Los Grupos Parlamentarios.

F. El Plenario. V. Funciones de la Asamblea Legislativa: 1. Ideas generales.

2. Clasificación de las funciones. 3. Función legislativa. 4. Función de

control. 5. Función de dirección política. 6. Funciones jurisdiccionales. 7. Otras

funciones. VI. De la representación y los partidos políticos. VII. El nuevo estilo. 1.

Relaciones con el pueblo: A. Diputados departamentales. B. Diputados nacionales.

2. Relaciones con su partido. 3. Relaciones internas en la Asamblea. 4. Relaciones

con los otros poderes. 5. Relaciones con la opinión pública. VIII. Responsabilidad

del Estado, principalmente de la Asamblea Legislativa (Teoría de la responsabilidad

del Estado legislador). 1. Responsabilidad de la administración. 2. Responsabilidad

judicial. 3. Responsabilidad por actos administrativos.

I. Origen

El parlamento moderno como órgano representativo, legislador y de reuniones

regulares tiene su origen mediato en el parlamento inglés e inmediato en las

revoluciones francesa y norteamericana de fines del siglo XVIII.

Es conveniente advertir que anteriormente existieron asambleas, consejos,

estamentos, dietas y otros órganos pluripersonales que eran simplemente cuerpos

consultivos, sus miembros no se designaban por votación popular, su actividad no

era regular y no tenían poder para legislar. Se han descubierto ciertas similitudes

del parlamento inglés con las asambleas de la ágora ateniense del Siglo de Oro

griego (siglo V a. de C.), y con el Senado romano de finales de la República. Pero

a ninguno de ellos se les puede considerar como origen de la institución parlamentaria

moderna, tal como se conoce en Occidente.

Los senadores romanos y los parlamentarios ingleses eran elegidos por un

electorado restringido, por períodos y poderes limitados; la asamblea del ágora

también era restringida (abogados, filósofos, jefes militares, propietarios y comerciantes)

a través de la cual se ejercía una democracia directa, sin intermediarios,

ajena a la historia del parlamentarismo inglés; en los tres sistemas existían debates

y votaciones, que es el rasgo común 1 .

1

Paolo Biscaretti Di Ruffia encuentra en las asambleas de la Edad Media las primeras huellas de las

asambleas legislativas representativas, pero reconoce la posterior y clara ruptura con los modernos

parlamentos. (Derecho constitucional. Editorial Tecnos, S.A. Madrid, pags. 290 y 291).

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