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MANUAL_DE_DERECHO_CONSTITUCIONAL_-_Dr._I

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datos de ambas voluntades y la preponderación de cualquiera de ellas queda a

su criterio.

Son interesantes las teorías de Hart y Kelsen, en la que el juez tiene un papel

importante.

El profesor H.L.A.Hart no duda que las decisiones de los tribunales se dan

como para dar la impresión de que ellas son consecuencias necesarias de reglas

predeterminadas, cuyo significado es fijo y claro. Advierte que para casos simples

esto puede realizarse así, pero en la amplia mayoría de los casos ni las leyes ni los

precedentes contienen reglas que permitan un único resultado, siempre existe una

elección. El juez tiene que optar entre posibles significados alternativos de las palabras

de la ley o entre interpretaciones discrepantes del contenido de un precedente.

Las reglas pueden tener un núcleo central cuyo significado sea indiscutible

y en algunos casos es difícil pensar sobre un debate acerca del significado de la

regla.

Para ilustrar lo anteriormente expuesto expresa: «No parece probable que la

cláusula de la sección 9 de la Ley de Testamentos de 1837, que exige dos testigos

para un testamento, suscite problemas de interpretación. Sin embargo todas las

reglas poseen una penunbra de incertidumbre donde el juez tiene que elegir entre

alternativas. Aun el significado de la cláusula aparentemente inocente de la Ley de

Testamentos que dispone que el testador debe firmar el testamento, puede resultar

dudoso en ciertas circunstancias. ¿Qué pasa si el testador usó un seudónimo?,

¿o si otro guió su mano?, ¿o si escribió únicamente sus iniciales?, ¿o si puso su

nombre completo, correctamente, sin ayuda de nadie, pero en la parte superior de

la primera hoja en lugar de colocarlo en la parte inferior de la última? En todos

estos casos, ¿ha «firmado» según el significado de aquella regla jurídica? Si puede

aparecer tanta incertidumbre en humildes esferas del derecho privado, ¿cuánto

más no encontraremos en las grandilocuentes frases de una Constitución, tales

como las Enmiendas V y XIV de la Constitución de los Estados Unidos, que establecen

que nadie será «privado de la vida, de libertad, o de la propiedad sin debido

proceso legal? 32 »

Más adelante ilustra con un ejemplo estas explicaciones: Supongamos que

encontramos en un parque infantil de juegos, a la entrada un aviso que diga que

está prohibido el tránsito de vehículos por el interior de este parque. Entonces

tenemos la zona central, el núcleo de la norma. Es evidente, si nos preguntan si un

camión puede transitar por el parque, que contestemos que no puede transitar por

el parque un automóvil. Pertenece al núcleo. Una motocicleta, posiblemente diremos

que no puede transitar por el parque. Pero cuando pensamos en una bicicleta,

una bicicleta es un vehículo y tampoco puede transitar por el parque. ¿Y un triciclo?,

¿y unos patines? Porque si le aplicamos la definición del diccionario a vehículos,

el patín resulta ser un vehículo y los patines también. Pero entonces podremos

32

El Concepto del Derecho. Abeledo Perrot, pags.14 y 15.

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