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MANUAL_DE_DERECHO_CONSTITUCIONAL_-_Dr._I

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jurisprudencia de la Corte Suprema de Norteamérica; la práctica hasta la enmienda

22 de que el Presidente no puede gobernar por más de dos períodos.

b) Las prácticas políticas contrarias abiertamente a la Constitución. Ejemplo:

en España el art. 67.2 prohíbe el mandato imperativo, pero los diputados se sienten

obligados a seguir los dictados del partido.

c) Mutaciones por desuso o imposibilidad de ejercicio de las competencias y

atribuciones consagradas en la Constitución.

d) Mutaciones mediante interpretación de una norma dándole un contenido diferente

al pensado al momento de su promulgación. Generalmente las Cortes Supremas

de Justicia realizan este tipo de mutación.

e) Mutaciones que se dan entre disposiciones, surgidas de una transacción política,

aparentemente contradictorias en virtud de las cuales se consagran marcos de

diferentes pensamientos dentro de los cuales pueden actuar los partidos políticos según

su orientación política. Ejemplo: el art. 38 de la Constitución española reconoce la

economía de mercado y en los arts. 128 y 135, por el contrario, protege los intereses del

sector público y la planificación. El mayor desarrollo de un sistema produce mutación en

el otro.

El problema de los límites de las mutaciones es de gran interés. No se puede

admitir que lo fáctico destruya el orden constitucional. El sistema puede recoger la mutación

por medio de la reforma o tolerarla hasta que el conflicto entre la mutación y la

norma estalle, en cuyo caso debe prevalecer la norma.

En Nicaragua son muchas las mutaciones constitucionales que se han dado por

vía legislativa o ejecutiva en los gobiernos anteriores bajo la Constitución no reformada,

al pasar de la economía dirigida y planificada a la economía de mercado. Algunas otras

modificaciones fueron abiertamente violatorias de la Constitución: antes de la reforma

constitucional de acuerdo con el art. 115 Cn. sólo podían crearse impuesto por ley

(reserva legal), pero el ejecutivo decretaba impuestos con base en el art. 150 inc. 4 Cn.

que lo autoriza en forma general a dictar decretos con fuerza de ley en materia fiscal, a

pesar del carácter expreso, preferente y especial del citado art. 115 Cn.; el art. 187 Cn.

consagra la acción popular en el recurso de inconstitucionalidad de la ley o reglamento,

sin embargo la Ley de Amparo que lo desarrolla, y que es de menor rigidez y dureza, la

restringe al agraviado en sus derechos 26 .

B. Fraude constitucional

Consiste en el empleo del procedimiento de la reforma constitucional para

establecer un nuevo ordenamiento constitucional, sin violar el sistema de legalidad

regulado.

26

Art.6 LA.

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