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MANUAL_DE_DERECHO_CONSTITUCIONAL_-_Dr._I

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Capítulo III

La norma constitucional y su interpretación

SUMARIO: 1. Eficacia de la norma constitucional. 2. Clases de normas constitucionales.

3. Irretroactividad de la ley. 4. ¿Existen normas constitucionales inconstitucionales?:

A. Introducción. B. Algunas reglas sobre modificación y derogación

de leyes. C. Posiciones doctrinales. D. Nuestro sistema. 5. Interpretación. 6.

Sujetos de la interpretación.

1. Eficacia de la norma constitucional

Recientemente se le reconoció a la Constitución el valor de norma jurídica

aplicable directamente. Antes se le consideraba con valor meramente programático.

No tenía el carácter de norma jurídica y sus disposiciones no se aplicaban mientras

no se desarrollaban por leyes ordinarias.

Los efectos jurídicos constitucionales se manifiestan en varias formas: eficacia

directa; eficacia derogativa; eficacia invalidatoria: eficacia interpretativa; eficacia

informadora o directiva.

A. Eficacia directa

La Constitución es un cuerpo normativo de carácter jurídico superior, al cual

están sometidos los ciudadanos y los poderes públicos. Sus normas son en su

generalidad aplicables en forma directa o en forma indirecta a través de sus principios,

asimismo tienen carácter informador del ordenamiento jurídico. Es más, aquellas

normas que con contenido o sin contenido material (normas en blanco) remiten

a la ley pueden ser aplicadas directamente, si por la omisión del legislador peligra

la violación de un derecho o libertad.

Los derechos sociales, familiares y del trabajo tienen normalmente eficacia

derogatoria, invalidatoria, interpretativa y hasta directiva en su caso.

B. Eficacia derogatoria

Es una eficacia directa, aunque negativa.

De acuerdo con el art. 196 Cn. la Constitución regirá desde su publicación en

la Gaceta, Diario Oficial.

El mismo art. 196 Cn. deroga expresamente a los Estatutos de 1979 y a

cualquier otra disposición legal que se le oponga. Esto lo vuelve a reafirmar en el

art. 198 Cn.

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