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PENAL MEXICANO - Index of /prueba/descargas

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”F) En materia de promocion a las labores desarrolladas a nivel<br />

nacional en el ambito de procuración de justicia, en caso der concurrir<br />

intereses armonicos en la edicion de manuales, guias, prontuarios,<br />

Formularios o cualquier otra promulgación , las partes podrán<br />

publicarlos como coeditares.<br />

”SEGUNDA. El presente convenio de colaboración, no tiene<br />

carácter limitativo para las partes signantes, por lo que de acuerdo a<br />

necesidades o requerimientos locales, regionales, o nacionales, padran<br />

subscribirse acuerdoas, convenios o bases independientes o<br />

compleemtarias a alas precentes entre dos o mas Procuradurías.Estos<br />

convenios y los indicados en la clausula siguiente deveran publicarse<br />

en el Diario Oficial de la Federacion y en los organos <strong>of</strong>icviales de las<br />

entidades signatarias.<br />

”TERCERA. Las partes convienen en mantener vijentes los<br />

convenios bilaterales omultilaterales que tienen suscritos entre ellas en<br />

todo lo que no se oponga a lo aquí pactado.<br />

”CUARTA. Las partyes firmantes convienen en gestionar las<br />

adaptaciones legales necesarias para el mejor cumplimiento de este<br />

convenio.<br />

”QUINTA. Las partes se comprometen a resolver de comun acuerdo<br />

cualquier duda o controversia que surja con motivo de la interpretación<br />

y cumplimiento del precente convenio de colaboración y a expedir a la<br />

brevedad posible los manuales de procedimientos de operación<br />

necesarios para instrumentar las acciones acordadas .<br />

”SEXTA. El precente instrumento quedara depositado en la<br />

Procuraduría General de la R epublica, la cual gestionara su<br />

publicacion en el diarion <strong>of</strong>icial de la federación.<br />

”Las entidades afirmantes lo publicaran en sus respectivos organos<br />

<strong>of</strong>iciales.<br />

”En tantoi se efectua la decuacion de las leyes organicas que lo<br />

requieran en los casos en que se aga necesario, los titulares de los<br />

Poderes Ejecutivos Estatatales podran retificar mediante <strong>of</strong>icios, que<br />

tambien se depositara en la procuraduría general de la republica, el con<br />

tanido del presenrte convenio ”

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