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PENAL MEXICANO - Index of /prueba/descargas

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LAS FORMAS DE APARICIÓN DEL DELITO. LA TENTATIVA 603<br />

do al llamado "comienzo de ejecución", entre otras la de la adecuación<br />

y la de la causalidad operante, esta última elaborada por<br />

IMPALLOMENI.<br />

Dándose fisonomía peculiar al problema de la causalidad en la<br />

tentativa, se acude al criterio de la adecuación, pretendiéndose reconstruir<br />

un nexo que en la verdad material y lógica no existe, para cuyo<br />

efecto se plantea un juicio de probabilidad. Como aclara Luigi<br />

SCARANO, se trata de "revelar una tendencia causal, no un nexo<br />

causal", 33 sirviendo para ello el mismo criterio de la teoría de la<br />

adecuación, es decir, la regularidad estadística que otorga idoneidad al<br />

acto para producir el resultado, criterio útil para una "previsión de<br />

causalidad" mas no para determinar, .en un sentido natural, una<br />

relación inexistente de causa a efecto.<br />

Para IMPALLOMENI la causalidad inerte es peculiar en el acto<br />

preparatorio; en el ejecutivo tal causalidad se pone en movimiento<br />

hacia el fin delictuoso querido; de esa manera, es el impulso<br />

movilizante de la causalidad 10 distintivo entre uno y otro acto. El<br />

veneno comprado y no mezclado constituye una causaliq.ad inerte;<br />

cuando el veneno se ha mezclado en la comida, se pone en movimiento<br />

la causalidad: J3e está frente a una actividad causal dinámica. 34<br />

Este último criterio es a todas luces inadecuado, pues en la tentativa,<br />

al no realizarse, el resultado, deja de tener eficacia la distinción.<br />

VANNINI objetó inteligentemente que en el período de la causalidad<br />

en movimiento pueden también intervenir, desde la manifestación de la<br />

voluntad, actos puramente preparatorios. 35 Por otra parte, es incorrecto<br />

referirse a una causalidad inerte, pues la causalidad siempre está en<br />

movimiento y de esa manera tal condición causal es la compra del<br />

veneno, como el acto de mezclarlo en la comida.<br />

Nosotros nos inclinamos a la concepción objetiva, llamada también<br />

formal, que identifica al acto ejecutivo siempre en función de la<br />

acción típica concreta, admitiendo, sin embargo, plenamente, las dificultades<br />

que en la práctica se presentan en algunos casos dudosos; en<br />

éstos, como excepción, no es posible hacer funcionar el criterio formal,<br />

debiendo dejarse, como confiesa MÜLLER, 36 al prudente arbitrio del<br />

juez el determinar cuáles actos son punibles y cuáles no 10 son,<br />

después de la investigación practicada en cada caso, criterio en parte<br />

admitido también por HAFTER. 37<br />

_____________<br />

33<br />

lbídem, p. 21.<br />

34<br />

lnstituzioni di diritto penale, p. 348,1921.<br />

35<br />

Ob. Cit., p. 84.<br />

36<br />

Die Abgrenzung von Verbereitung, p. 32. Cit. por SCARANO, ob. cit., p. 13.<br />

37<br />

Lebrbuch des Schweizerischen Strafrechts, p. 203, Cit. por SCARANO, ibídem. p. 11.

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