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PENAL MEXICANO - Index of /prueba/descargas

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interrumpirán mientras el servidor público desempeña alguno de los<br />

encargos que hace referencia al artículo 111.<br />

Ahora bien, las sanciones aplicables por las responsabilidades<br />

políticas en que incurren los servidores públicos, consisten en<br />

destitución e inhabilitación “para desempeñar funciones, empleos,<br />

cargos o comisiones de cualquier naturaleza en el servicio público”, y<br />

para su aplicación, la cámara de diputados procederá a la acusación<br />

respectivamente la cámara de senadores, previa declaración de la<br />

mayoria absoluta del número de los miembros presentes en sesión,<br />

después de haber sustanciado el procedimiento respectivo y con<br />

audiencia del inculpado de sentencia, aplicando las sanciones<br />

correspondientes mediante resoluciones de las dos terceras partes de<br />

los Miembros presentes en sesión, una vez practicadas las diligencias<br />

correspondientes y con audiencia del acusado.<br />

En cuanto a las responsabilidades administrativas, el artículo 109<br />

fracción III, de la Constitución de la Republica, determina que se<br />

aplicaran sanciones de índole administrativa a los servicios públicos<br />

“por los actos y omisiones que afectan la legalidad, honradez, lealtad,<br />

imparcialidad y eficiencia que deben observar en el desempeño de sus<br />

empleos, cargos o comisiones”. El mismo precepto determina que los<br />

procedimientos “para la aplicación de las sanciones mencionadas se<br />

desarrollarán autónomamente”, pero “no podrán oponerse dos veces<br />

por una sola conducta sanciones de la misma naturaleza”, agregando<br />

el dispositivo en cuestión que “las leyes determinaran los casos y las<br />

circunstancias en los que se deban sancionar penalmente por causa de<br />

enriquecimiento ilícito a los servidores públicos que durante el tiempo<br />

de su encargo, o por motivo del mismo, por sí o por interpósita<br />

persona, aumenten substancialmente su patrimonio, adquieran bienes<br />

o se conduzcan como dueños sobre ellos, cuya procedencia licita no<br />

pudiesen justificar . Las leyes penales sancionaran con decomiso y<br />

con la privación de la propiedad de dichos bienes, además de las otras<br />

penas que correspondan(…)”.<br />

Consecuentemente, quede claro que de acuerdo con la constitución<br />

son distintas las responsabilidades de orden político , administrativo y<br />

penal, mereciendo sanciones de diferente naturaleza para los servidores<br />

públicos que en ellas se incurran.<br />

Con fecha 31 de diciembre de 1982 y fe de errastas del 10 de marzo<br />

de 1983, se publicó en el Diario Oficial de la federación la nueva ley

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