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682 MANUAL DE DERECHO <strong>PENAL</strong> <strong>MEXICANO</strong><br />

Derecho Penal. Parte General. p. 807. Tercera edición, Editorial<br />

Trillas, México, 1990).<br />

3. LA CONSUMACIÓN EN EL DELITO PERMANENTE<br />

Frente a los delitos instantáneos en que la consumación es completa y<br />

perfecta en el momento mismo en que "se realizan todos sus elementos<br />

constitutivo", el delito permanente se caracteriza por no tener un_<br />

precisó momento de consumación, pues al iniciarse ésta se crea un estado<br />

antijurídico de violación a la ley, surgido por la conducta voluntaria<br />

del agente, lo que origina que dicha consumación se prolongue en<br />

el tiempo y sóló se agote cuando dicha violación cesa.<br />

Como con toda claridad lo explica RANIERI, en los delitos permanentes<br />

el hecho lo caracteriza el estado antijurídico duradero que lo<br />

prolonga en el tiempo la conducta del sujeto, quien por ello lo puede<br />

hacer cesar, siendo por tanto sus elementos: a) la prolongación en el<br />

tiempo del estado antijurídico que sigue al comienzo de la consumación,<br />

y b) la circunstancia de que dicha prolongación depende de la<br />

conducta voluntaria del autor, quien por ello puede hacerla cesar,6<br />

cuestiones éstas y otras relacionadas que quedaron ampliamente explicadas<br />

en el capitulo VII de la Sección correspondiente a la Teoría<br />

del Delito, a la cual nos remitimos.<br />

4. EL AGOTAMIENTO DEL DELITO<br />

Si la consumación, como lo hemos visto, es la realización de todos los<br />

elementos constitutivos del tipo penal, el agotamiento debe consistir en<br />

la obtención por al autor del delito de los objetivos perseguidos con su<br />

conducta, y de ello precisamente surge la idea de que la consumación<br />

debe preceder al agotamiento. Aunque ordinariamente asíocurre, lo<br />

que ha llevado a ZAFFARONI a considerar frecuente que la<br />

consumación formal y el agotamiento material se distancien, dando<br />

lugar a un período en que el delito está consumado, pero no agotado",7<br />

existen situaciones que "pudieran" hacer pensar en que aquel fenómeno<br />

no siempre ocurre de esa manera, esto es, que la consumación<br />

sea anterior al agotamiento, como los casos de ciertos delitos a los que,<br />

invocando a ]ESCHECK, alude el propio ZAFFARONI, entre los que<br />

destacan, para no señalar más, los delitos de intención en que el tipo<br />

___________<br />

6 Manual de Derecho Penal, Parte General, 1, pp. 325 a 329, Editorial Térnis,<br />

Bogotá, 1975. Trad. deJorge GUERRERO, a la Cuarta edición italiana.<br />

7 Tratado de Derecho Penal. Parte General, IV, p. 418, Ediar editores, Buenos Aires, 1982.

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