13.05.2013 Views

PENAL MEXICANO - Index of /prueba/descargas

PENAL MEXICANO - Index of /prueba/descargas

PENAL MEXICANO - Index of /prueba/descargas

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

692 MANUAL DE DERECHO <strong>PENAL</strong> <strong>MEXICANO</strong><br />

este Código, a juicio del juzgador, según proceda, se le impondrá<br />

hasta dos terceras partes de la pena que correspondería al delito<br />

cometido, o la medi- . da de seguridad a que se refiere el artículo 67 o<br />

bien ambas, en caso de ser se excluye: (oo.) IV. Se repela una agresión<br />

real, actual o inminente, y sin derecho en protección de bienes jurídicos<br />

proPios o ajenos, siempre que exista necesidad de la defensa y<br />

racionalidad de los medios empleados y no medie provocación dolosa<br />

suficiente e inmediata por parte del agredido o de la persona a quien se<br />

defiende (...) V. Se obre por la necesidad de salvaguardar un bien<br />

jurídico proPio o ajeno, de un peligro real actual o inminente, no<br />

ocasionado dolosamente por el agente, lesionando otro bien de menor o<br />

igual valor que el salva guardado, siempre, que el peligro no sea evitable<br />

por otros medios y el agente no tuviese el deber jurídico de afrontarlo;<br />

VI. La acción o la omisión se realicen en cumplimiento de un deber<br />

jurídico o en el ejercicio de un derecho, siempre que exista necesidad<br />

racional del medio empleado para cumplir el deber o ejercer el derecho, y<br />

que este último no se realice con el solo propósito de perjudicar a otro",<br />

"Art. 16. Al que se exceda en los casos de legítima defensa, estado de<br />

necesidad, cumplimiento de un deber o ejercicio de un derecho a que se<br />

refieren las fracciones Iv, V Y VI del artículo 15, se le impondrá la pena<br />

del delito culposo",<br />

c) Actuar en estado de emoción violenta, como lo precisa el artículo<br />

310 del Código Penal, que respecto al homicidio y las lesiones dice lo<br />

siguiente: "Art. 310. Se impondrá de dos a siete años de prisión, al que en<br />

estado de emoción violenta cause homicidio en circunstancias que<br />

atenúen su culpabilidad. Si lo causado fuesen lesiones, la pena será de<br />

hasta una tercera parte de la q'l,te correspondería por su comisión. "<br />

. d) La riña y el duelo respecto de los delitos de lesiones u homicidio,<br />

conforme lo disponen los artículo 297 y 308 del Código Penal.<br />

e) El hecho de ser provocado .en la riña o el duelo, cuando se trate de<br />

los delito de lesiones y de homicidio, conforme a los artículos 297 y 308<br />

respectivamente del Código Penal;<br />

f) El móvil de honor en el delito de aborto, sea provocado o consentido,<br />

si el agente lo es la mujer encinta, según lo dispone el artículo 332 del<br />

Código Penal;<br />

AGRAVANTES:<br />

a) Actuar con premeditación, alevosía, ventaja y traición al cometer<br />

los delitos de lesiones y homicidio, los cuales adqui~ren el carácter de

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!