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PENAL MEXICANO - Index of /prueba/descargas

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LA PARTICIPACIÓN DELICTUOSA 629<br />

pan te s en el delito, puede tener realidad con anterioridad al hecho,<br />

concomitantemente con él o con posterioridad al mismo. Algunos<br />

piensan que pueden darse un concurso culPoso en delito doloso,<br />

cuando por falta de previsión de lo previsible o con previsión del<br />

resultado, pero con la esperanza de que éste no se produzca, se in-<br />

cumple un deber de cuidado que las circunstancias personales imponen<br />

al o a los sujetos participantes, e inclusive un concurso<br />

preterintencional, en el que existiendo en los participantes un dolo<br />

genérico de causar daño, se produce un resultado mayor atribuible a<br />

título de culpa. l8<br />

SANTANIELLO estima, C0I;I10 requisitos de la participación: a)<br />

Pluralidad de agentes, b) Realización de la acción prevista en la norma;<br />

c) nexo causal entre la acción de cada concurrente y el resultado, y d)<br />

Voluntad de cooperar a la comisión del delito. l9<br />

6. FORMAS DE LA PARTICIPACIÓN<br />

Siguiendo un criterio rigurosamente metodológico, MAGGIORE<br />

estima posible clasificar la participación según la calidad, el grado, el<br />

tiempo y la eficacia. 20<br />

Según la calidad, la participación puede ser:<br />

a) Moral, y<br />

b) Física.<br />

La primera es aquella en la cual la acción tiene naturaleza psíquica<br />

o moral y se efectúa, como dice ANTOUSEI,21 "en la fase de la<br />

ideación del delito", mientras la segunda se realiza, por el contrario,<br />

dentro de la fase ejecutiva, "siendo material el aporte suministrado por<br />

el partícipe al delito". 22<br />

__________<br />

18 Cfr. CAvALLo. 06. cit., p. 774.<br />

19 Manuale di Diritto Pmale, p. 189, Milano, 1955. En igual sentido ANrOLlSEI, para<br />

quien son requisitos del concurso: a) Una pluralidad de agentes; 6) La realización del elemento<br />

objetivo de un delito de parte de alguno de los concurrentes; e) Una contribución causal a la realización<br />

del hecho; d) La voluntad de cooperar a la comisión del delito. Manuale di Diritto Pmale,<br />

p. 280, Milano, 1947, Ricardo FRANCO GuzMÁN señala, como sus elementos: Una pluralidad<br />

de sujetos, las voluntades dirigidas a la producción del resultado único. En su opinión, el<br />

elemento subjetivo presenta la peculiaridad de estar dirigido hacia las demás personas y hacia el<br />

resultado. "Por lo que toca a este último -expresa textualmente-, puede corresponder a alguna de<br />

las tres formas de culpabilidad. es decir, puede haber representación y voluntariedad del resultado<br />

(actitud dolosa); pu~de existir ausencia de voluntariedad del resultado y un estado positivo de<br />

negligencia, imprudencia, impericia. falta de cuidado, de reflexión. etc. (actitud culposa), y una<br />

conciencia y voluntad dirigidas a un resultado menos grave del producido preterintencionalidad)."<br />

06. cit., p. 10.<br />

20 06. cit., 11, p. 108. 21 06. cit., p. 280.<br />

22 VILLALOBOS: DintÍmica del Delito, p. 220, México, 1955. "Autor -explica<br />

FRANCO GUZMÁN-, es el que en forma psíquica o material realiza la conducta característica<br />

del tipo; es decir, el que hace realidad el verbo núcleo del tipo." 06. cit.. p. 10. La participación es<br />

moral-arguye CAsnl.l.ANos TENA- "cuando atiende al carácter psíquico o moral del aporte del<br />

autor principal;

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