03.05.2014 Views

Informe sobre desarrollo humano para Mercosur 2009-2010 - OEI

Informe sobre desarrollo humano para Mercosur 2009-2010 - OEI

Informe sobre desarrollo humano para Mercosur 2009-2010 - OEI

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

<strong>Informe</strong> <strong>sobre</strong> <strong>desarrollo</strong> <strong>humano</strong> <strong>para</strong> <strong>Mercosur</strong> <strong>2009</strong>-<strong>2010</strong>. Innovar <strong>para</strong> incluir: jóvenes y <strong>desarrollo</strong> <strong>humano</strong><br />

el acceso y la permanencia de los jóvenes agricultores<br />

en el sistema educacional a través un<br />

régimen de alternancia con los ciclos agrícolas,<br />

así como lograr la formación profesional y<br />

otorgar becas <strong>para</strong> garantizar estas metas.<br />

Finalmente, ProJoven Trabajador está destinado<br />

a jóvenes de entre 18 y 29 años, desempleados<br />

y matriculados en la educación primaria<br />

y media, que pertenezcan a familias cuya<br />

renta per cápita sea inferior al salario mínimo.<br />

El objetivo es capacitar a los jóvenes <strong>para</strong> facilitar<br />

su ingreso al mercado laboral o a ocupaciones<br />

alternativas que generen ingresos, a través<br />

de capacitación profesional y apoyo educativo.<br />

Paraguay<br />

Las políticas públicas destinadas a los jóvenes<br />

son ejecutadas desde diversos organismos<br />

del Gobierno Nacional, como el Instituto de<br />

Bienestar Social, que lleva adelante el Programa<br />

de Desarrollo Personal y Proyección Comunitaria,<br />

la Secretaría de Acción Social, que aplica<br />

programas de atención integral en educación y<br />

salud, o el Ministerio de Trabajo, que impulsa<br />

planes de formación y capacitación.<br />

En 1994 se creó el Viceministerio de la<br />

Juventud, dependiente del Ministerio de Educación<br />

y Culto, cuya finalidad es orientar las<br />

políticas de juventud del gobierno y coordinar<br />

las acciones, planes, programas y proyectos intersectoriales,<br />

tanto públicos como privados,<br />

así como planificar y ejecutar acciones propias.<br />

También tiene como meta hacer efectivo el<br />

mandato constitucional que establece la necesidad<br />

de incorporar a la juventud mediante un<br />

protagonismo activo en los procesos de <strong>desarrollo</strong><br />

del país.<br />

El Viceministerio ha estructurado sus actividades<br />

a partir de la consolidación de diversas<br />

redes e instancias de articulación: la red de secretarías<br />

de juventud de las gobernaciones, que<br />

articula las acciones entre los ámbitos nacional<br />

y municipal; la Comisión Interministerial<br />

de Juventud, que se encuentra en proceso de<br />

creación y que apunta a vincular los programas<br />

relacionados con la juventud de las diferentes<br />

secretarías de Estado, así como promover la<br />

articulación de acciones en estos dominios y la<br />

creación de reparticiones y programas específicos<br />

<strong>para</strong> jóvenes en aquellas secretarías en las<br />

que no existan; la Comisión Parlamentaria de<br />

Juventud, también en proceso de formación,<br />

que busca promover la aprobación de leyes que<br />

permitan potenciar las políticas relacionadas<br />

con la juventud. Asimismo, el Viceministerio<br />

de la Juventud busca organizar la interacción<br />

entre organismos privados, incorporar nuevas<br />

instituciones y articularlas con el gobierno (red<br />

de organizaciones privadas juveniles) y organizar<br />

a las instituciones más representativas<br />

mediante un acuerdo (red de organizaciones<br />

juveniles). 21<br />

En 2006 se introdujo el anteproyecto de<br />

Ley de Juventud y Organismos Públicos de<br />

Juventud, que define las políticas de juventud<br />

de Paraguay como “un eje transversal en las<br />

políticas de <strong>desarrollo</strong> del país” 22 . Comprende<br />

cuatro secciones sustantivas: i) derechos<br />

de la juventud; ii) la creación de la Secretaría<br />

Nacional de la Juventud con rango ministerial;<br />

iii) la creación del Consejo Nacional de la Juventud<br />

como órgano de consulta, compuesto<br />

por representantes de diversas instituciones<br />

gubernamentales y de la sociedad civil; iv) la<br />

organización de organismos de juventud en<br />

entidades descentralizadas (departamentos y<br />

municipios).<br />

Uruguay<br />

Desde 1990, Uruguay cuenta con el Instituto<br />

Nacional de la Juventud (INJU), actualmente<br />

bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo<br />

Social 23 . El INJU tiene a su cargo “planificar,<br />

diseñar, asesorar, articular, supervisar y ejecutar<br />

políticas públicas de juventud, además<br />

de velar por su cumplimiento”. Sus objetivos<br />

mencionan de manera muy explícita la necesidad<br />

de “revitalizar el papel de los jóvenes<br />

como actores sociales estratégicos y potenciar<br />

la participación en las diversas áreas desde una<br />

concepción integral, solidaria y de igualdad<br />

social” 24 .<br />

El INJU ejecuta programas nacionales en<br />

diferentes áreas. En materia de capacitación,<br />

lleva adelante los programas “Conecta joven”<br />

y el “Taller de orientación laboral-Primera experiencia<br />

laboral”. El primero brinda capacitación<br />

técnica e inserción laboral a jóvenes de<br />

entre 18 y 29 años con el objetivo de insertarlos<br />

en empresas del sector de las telecomunicaciones<br />

y promover la constitución de cooperativas<br />

sociales o emprendimientos asociativos. Por<br />

su parte, el programa “Taller de orientación<br />

laboral-Primera experiencia laboral” ofrece a<br />

jóvenes de entre 18 y 24 años la posibilidad de<br />

21<br />

http://cendoc.imjuventud.gob.mx/<br />

22<br />

Para mayor detalle véase http://www.unfpa.org.py/<br />

download/Anteproyecto.pdf<br />

23<br />

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley N°16.170, Art.<br />

331 http://sip.parlamento.gub.uy/leyes/AccesoTexto-<br />

Ley.asp?Ley=16170&Anchor=<br />

24<br />

Para mayor detalle véase http://www.inju.gub.uy/<br />

mides/carpeta.jsp?contentid=379&version=1&site=1&<br />

channel=inju<br />

274

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!