12.01.2015 Views

54556f31575af-Tonnies- Hobbes. Vida y doctrina(CC)

54556f31575af-Tonnies- Hobbes. Vida y doctrina(CC)

54556f31575af-Tonnies- Hobbes. Vida y doctrina(CC)

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

La moral y el derecho natural 257<br />

cambio de ella, quiera y pueda proteger. La relación<br />

mutua entre la autoridad (que es pensada, en este caso,<br />

como individual, aunque en las redacciones primitivas<br />

se añade la fórmula estereotipada uo asamblea”) y los<br />

súbditos constituiría el problema cardinal. Pero, con<br />

arreglo a la teoría, esto no es cierto, sino que el problema<br />

cardinal lo constituye el de la unión y unidad de<br />

un pueblo, o, con expresión moderna, el contenido jurídico-político<br />

del hecho de la formación de una nación<br />

unitaria, esto es, de la aparición del Estado como expresión<br />

de una voluntad total nacional. No se trata tanto<br />

de fundamentar jurídicamente (por medio del derecho<br />

natural) la obediencia, sino esa obra del pensamiento<br />

que es el Estado; fundamentación que se tendrá<br />

por lograda cuando la voluntad estatal sea representada<br />

por una persona (individual o colectiva) investida<br />

con un poder jurídico ilimitado.—Se sigue también<br />

de aquí que todas aquellas relaciones que convierten<br />

a una gran familia en una pequeña monarquía,<br />

y, si es bastante poderosa para que no pueda ser sojuzgada<br />

sin el riesgo de una guerra (según L., P. II, 20),<br />

en un Estado, lo mismo que todas esas relaciones contractuales<br />

puras de derecho privado y de gentes, caen<br />

con ese concepto del estado de naturaleza, que en ese<br />

mismo momento se amplifica y generaliza esencialmente.<br />

Seguirá incluyendo la guerra, en su forma latente,<br />

pero abarcará también toda clase de relaciones pacíficas,<br />

que <strong>Hobbes</strong>, es verdad, propende a no considerar<br />

en su mayoría como jurídicas, por lo menos en sentido<br />

propio, ya que las de este tipo están condicionadas, no<br />

sólo por el derecho coactivo del Estado, sino por la<br />

fuerza coactiva correspondiente. En su <strong>doctrina</strong> se encuentran<br />

gérmenes para una elaboración consciente de<br />

ese concepto más amplio; así, habla de un puro o mero

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!