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v. La familia con hijos adolescentes - M-cano.com

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640 José Antonio Ríos González<br />

tor de STIRPE es uno de los terapeutas fijos, pero en alguna ocasión<br />

puede delegar su tarea en otro miembro del equipo quedando él tras el<br />

espejo.<br />

9. Si no hay razón técnica en <strong>con</strong>tra, grabaremos en Vídeo las sesiones<br />

celebradas, observando en ello las normas deontológicas que regulan el<br />

uso exclusivo de la grabación por parte del equipo o <strong>con</strong> fines didácticos<br />

y tareas de formación impartidas por STIRPE. Este punto deberá ser<br />

aceptado por Vdes. mediante la firma de la Autorización que se les<br />

adjunta.<br />

10. Es norma a mantener por nuestra parte no admitir información parcial<br />

entre las sesiones, ya sea telefónicamente o de cualquier otro modo. Si<br />

ocurriese así, rogaremos al que la facilite la autorización necesaria para<br />

su uso ante el otro. De lo <strong>con</strong>trario podemos llegar a tener información<br />

no-utilizable que será un obstáculo para la eficacia de la terapia. Si alguno<br />

cree necesario solicitar un IIterritorio personal reservado", deberá exponerlo<br />

en una sesión de pareja y se tomarán los acuerdos <strong>con</strong>venientes<br />

<strong>con</strong>forme a lo dicho en el punto 7.<br />

11. Si al acudir a Terapia de Pareja cualquiera de los cónyuges está bajo<br />

tratamiento psiquiátrico, psicológico o terapéutico <strong>con</strong> otro especialista,<br />

deberá exponerlo. En tal caso necesitaremos la AUTORIZACION del<br />

especialista en cuestión antes de iniciar la Terapia de Pareja, a fin de<br />

delimitar claramente el ámbito de nuestra intervención y evitar una duplicidad<br />

de criterios que puedan resultar nocivos para el bien de la/s<br />

persona/s implicada/s. Lo mismo se hará cuando a lo largo de la Terapia<br />

se vea la necesidad de acudir a otro especialista. Mientras se decide o<br />

aclara una situación <strong>com</strong>o la expuesta, se interrumpirá la Terapia de<br />

Pareja iniciada.<br />

12. <strong>La</strong> terminación de la Terapia de Pareja deberá acordarse mutuamente<br />

entre el matrimonio y los terapeutas, cualquiera que sea el motivo de su<br />

finalización. Tal deseo ha de manifestarse claramente y estando de<br />

acuerdo AMBOS CONYUGES. Por ello, no admitiremos la <strong>con</strong>clusión de<br />

la Terapia fuera de una sesión en la que se dé por terminado el <strong>con</strong>trato<br />

terapéutico.<br />

13. Si uno de los miembros de la pareja desea <strong>con</strong>tinuar de manera personal<br />

un tratamiento individual se elaborará un nuevo <strong>con</strong>trato <strong>con</strong>forme a las<br />

circunstancias del caso, técnicas, ritmo, número de sesiones, <strong>con</strong>tenidos<br />

y terapeuta responsable.

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