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REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO MILITAR Nº 88 JULIO ...

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puede realizarse si se tienen en cuenta los fines últimos de la operación<br />

militar en que se incluya, que puede estar formada por varias acciones<br />

individuales 97 . En este mismo sentido Doswald-Beck ha señalado que una<br />

operación militar puede requerir por ejemplo la destrucción de varios objetivos<br />

militares de los cuales uno de ellos puede ser particularmente difícil<br />

de alcanzar y puede originar daños civiles colaterales superiores a los que<br />

se puedan generar durante la destrucción de todos los otros juntos. En este<br />

supuesto, la ventaja militar derivada de la destrucción del objetivo más<br />

difícil de alcanzar puede ser no muy importante si se analiza de manera<br />

aislada, pero puede que si se mira en el contexto de la operación en su conjunto<br />

resulte esencial. De ahí que en un caso como éste habría que comparar<br />

el conjunto de daños civiles colaterales que se prevé se puedan derivar<br />

de la operación militar en su conjunto con la ventaja militar concreta y<br />

directa que se espera obtener del desarrollo con éxito de dicha operación 98<br />

Del mismo modo, Oeter ha señalado que es evidente que en el nuevo contexto<br />

de integración de las distintas operaciones militares, las acciones<br />

militares de una determinada unidad no constituyen un fin en sí mismas,<br />

de manera que la ventaja militar que se espera obtener de las mismas sólo<br />

puede entenderse si se analiza a la luz de contexto operacional en el que se<br />

llevan a cabo 99 .<br />

Ahora bien, este último autor no sólo defiende la aplicación de la ecuación<br />

de proporcionalidad al nivel operacional sino que parece incluso<br />

defender su aplicación al nivel estratégico al afirmar que sólo en el marco<br />

del complejo plan de la campaña militar de la parte contendiente de que se<br />

trate se puede medir el valor militar relativo del objetivo militar que se<br />

espera destruir, capturar o neutralizar en un ataque concreto 100 . Esta idea,<br />

defendida particularmente en círculos militares norteamericanos, no es<br />

nueva y, para algunos, se encuentra implícita en la expresión «ataque de<br />

conjunto» utilizada en las declaraciones interpretativas arriba referidas e<br />

incorporada en el actual art. 8(2)(b)(iv) ER a través de la fórmula «ventaja<br />

militar concreta y directa de conjunto». De hecho, hasta la fecha ninguno<br />

de los estados arriba mencionados ha despejado esta ambigüedad<br />

mediante la explicación oficial de lo que entienden por «ataque de conjunto»<br />

101 .<br />

97 K. Dörmann, Elements of War Crimes…., p. 173.<br />

98 Citada por W.J. Fenrick, Attacking the Enemy Civilian as a Punishable Offense, en<br />

Duke Journal of Comparative and International Law, Vol. , 1997, pp. 539 y ss, p. 545.<br />

99 S. Oeter, Methods and Means…, p. 179.<br />

100 Idem.<br />

101 K. Dörmann, Elements of War Crimes…., p. 171.<br />

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