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REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO MILITAR Nº 88 JULIO ...

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enfrentados políticamente (v.g., India —Pakistán 30 ; Ecuador— Colombia<br />

31 ; etcétera 32 ), o se desarrollaron con el telón de fondo de las diferentes<br />

interpretaciones sobre las fronteras entre dos Estados.<br />

Ciertos incidentes habidos en el marco del conflicto hispano – británico<br />

sobre Gibraltar deben enmarcarse en este último contexto. En concreto,<br />

España, en siete notas verbales dirigidas a la Embajada británica durante los<br />

días 26 de enero de 30 de octubre de 1967, protestó por 146 violaciones del<br />

espacio aéreo español cometidas por aeronaves militares británicas procedentes<br />

o con destino al aeropuerto de Gibraltar. El Reino Unido rechazó las<br />

protestas españolas en todos los casos excepto uno; el Ministerio de Asuntos<br />

Exteriores rechazó, a su vez, las explicaciones británicas 33 .<br />

De todos los incidentes habidos hasta la fecha el más significativo ha<br />

sido, sin duda, el conocido caso del U-2. El 1 de mayo de 1960, Francis G.<br />

Powers, ciudadano de los Estados Unidos, fue arrestado cerca de Sverdolovsk<br />

(URSS) tras haberse lanzado en paracaídas desde un avión militar<br />

americano (tipo Lockheed U-2). La aeronave había sido derribada, aparentemente<br />

sin previo aviso, mientras volaba sobre territorio soviético a<br />

una altitud de 60 a 68.000 pies. El aviador fue condenado por el Tribunal<br />

Supremo de la Unión Soviética por espionaje a una pena de 10 años de<br />

confinamiento. El juicio, en especial la sanción decretada, tenía desde la<br />

perspectiva soviética una función ejemplarizante, pues el sobrevuelo de la<br />

aeronave pilotada por Powers, lejos de ser un hecho aislado, respondía a<br />

una práctica rutinaria planeada por las autoridades norteamericanas 34 .<br />

30 Destrucción de una aeronave militar pakistaní en vuelo de rutina por el espacio<br />

aéreo del Pakistán en territorio pakistaní. Ver, «Application of the Islamic Republic of<br />

Pakistan», 21 de septiembre de 1999. El asunto, sin embargo, concluyó con una Sentencia<br />

de la Corte declarando que carece de competencia para conocer del mismo. CIJ, Incident<br />

aérien… Op.cit. Un comentario doctrinal en P.H.F. BEKKER, «Aerial Incident of 10 august<br />

1999 (Pakistan v. India)», AJIL, vol. 94, Oct. 2000, No. 4, pp. 707-713.<br />

31 Con la reciente denuncia – 21 de noviembre de 2005 - por Ecuador de la violación<br />

de su espacio aéreo por aeronaves militares colombianas.<br />

32 En este contexto podrían situarse también la queja formulada por Marruecos al<br />

Embajador de España en Rabat sobre una supuesta violación del espacio aéreo por parte de<br />

aviones caza españoles durante la mañana del 5 de febrero de 2004. Fue éste el primer incidente<br />

entre Marruecos y España tras la cumbre bilateral que se celebró en Marraquech el<br />

8 y 9 de diciembre de 2004 bajo la presidencia de los jefes de gobierno de ambos países,<br />

Dris Yetú y José María Aznar, para tratar de normalizar las relaciones bilaterales después<br />

de tres años de desencuentros entre los dos países vecinos cuyo punto culminante fue la crisis<br />

del islote de Perejil (11 de julio de 2002).<br />

33 Nota verbal núm. 89, de 16 de marzo de 1967, Nota verbal núm. 79 (29 de marzo),<br />

respectivamente.<br />

34 Ver, O.J LYSSITZIN, «Some legal implications of the U-2 and RB 47 incidents», AJIL,<br />

1962, pp. 135-142; Q. WRIGHT, «Legal aspects of the U-2 incident», AJIL, 1960, pp. 836-854.<br />

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