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REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO MILITAR Nº 88 JULIO ...

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lizadas en la práctica para la liberación de rehenes y termina con unas consideraciones<br />

finales en las que pone de relieve la importancia de la prevención<br />

y de la difusión del Derecho Internacional Humanitario para combatir<br />

con mayor eficacia este fenómeno.<br />

Finalmente, el Doctor en Derecho y hoy General Consejero Togado<br />

Don Fernando Pignatelli Meca se ocupa de “El Terrorismo como crimen<br />

de lesa humanidad y crimen de guerra en el Estatuto de Roma de la Corte<br />

Penal Internacional”. Comienza señalando el autor que el Estatuto de la<br />

CPI de 17 de julio de 1998 no contiene la incriminación expresa de los<br />

actos de terror o de terrorismo como crímenes de la competencia de la<br />

Corte, ni tampoco prosperó la propuesta, formulada en su día, de su tipificación<br />

indirecta incluyéndolo como uno de los crímenes de lesa humanidad.<br />

Desde este punto de partida, el trabajo orienta buena parte de su<br />

contenido a rebatir la pretensión de que el terrorismo se encuentra incluido<br />

en las infracciones castigadas en el Estatuto del CPI en tanto que crimen<br />

de guerra (a reserva de ciertas clarificaciones), crimen de lesa humanidad<br />

(que abarca, en gran parte, el terrorismo de Estado) y el genocidio.<br />

El argumento jurídicamente definitivo al respecto estriba en que de ninguno<br />

de los preceptos del citado Estatuto puede deducirse que en cualquiera<br />

de los crímenes que contiene exista, como elemento intencional o dolo<br />

específico, el aterrorizar o intimidar a la población civil u obligar a un<br />

gobierno o a una organización internacional a realizar un acto o abstenerse<br />

de hacerlo. Esto no obsta, naturalmente, para que en determinados crímenes<br />

de lesa humanidad o de guerra puedan incardinarse aquellos actos<br />

de terrorismo que reúnan las condiciones o elementos exigidos para ello,<br />

si bien sin sustantividad propia como crímenes de terrorismo, ya que serían<br />

crímenes de lesa humanidad o de guerra en los que la concurrencia del<br />

propósito de aterrorizar sería indiferente a efectos de integración de los<br />

elementos del tipo. Precisamente, a través de estas vías indirectas, el General<br />

Pignatelli hace un fino trabajo de precisión jurídica acerca de qué<br />

modalidades de crímenes de lesa humanidad y de guerra podrían tener<br />

relación con los actos de terror así como de qué modo el terrorismo podría<br />

llegarse a perseguir, también por esta vía indirecta, al amparo del principio<br />

de jurisdicción universal y termina su estudio, y con él la obra toda objeto<br />

de esta recensión, con un detallado análisis tipológico y penológico de los<br />

delitos de terrorismo en el vigente Ordenamiento Penal español.<br />

Emilio Fernández-Píñeyro y Hernández<br />

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