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REVISTA ESPAÑOLA DE DERECHO MILITAR Nº 88 JULIO ...

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En efecto, el legislador español redactor de las Reales Ordenanzas<br />

tuvo, evidentemente, muy en cuenta el régimen francés, al cual se asemeja<br />

en gran medida nuestra regulación en materia de derechos del personal<br />

militar. Piénsese que cuando nuestro legislador acometió la redacción de<br />

las Ordenanzas militares, paralelamente a la de la Constitución durante el<br />

año 1978, el Estatuto francés de función militar de 1972 era todavía muy<br />

reciente, apenas anterior en algo más de cinco años 119 .<br />

Por otro lado, el sistema español de los Consejos Asesores de Personal,<br />

instaurados por la Ley de Personal de 1999, está claramente inspirado<br />

en la regulación del Consejo Superior de la Función Militar creado en<br />

Francia en 1969.<br />

2.—ALGUNAS CONCLUSIONES <strong>DE</strong> CARA A LA MODIFICACIÓN <strong>DE</strong>L<br />

OR<strong>DE</strong>NAMIENTO ESPAÑOL<br />

Si bien es cierto que en un anterior trabajo de investigación me he ocupado<br />

del sistema francés de Estatuto militar 120 , en esta ocasión pretendo<br />

estudiar una nueva realidad a la vista de la nueva legislación y, también, de<br />

la más reciente doctrina y de la actual jurisprudencia francesa y europea.<br />

Por ello, apenas he traído algunas ideas imprescindibles de lo que allí<br />

escribí y este artículo es completamente de nueva redacción y contenido.<br />

Insisto en que lo interesante de él no es el mero prurito comparatista del<br />

investigador, sino las enseñanzas que para el Derecho español puedan<br />

extraerse, ahora que se está revisando el modelo de la regulación de los<br />

derechos de los militares en España. Dadas las limitaciones espaciales de<br />

este trabajo, para no alargarlo ni romper el hilo argumental, nos limitamos<br />

a las comparaciones imprescindibles, con el compromiso de afrontar en un<br />

posterior trabajo esa comparación.<br />

119 Vid. Ramón SALAS LARRAZÁBAL, «Las Reales Ordenanzas», en la obra colectiva<br />

dirigida por Mario HERNÁN<strong>DE</strong>Z Y SÁNCHEZ BARBA y Miguel ALONSO<br />

BAQUER, Las Fuerzas Armadas Españolas, vol. 8, Ed. Alhambra, Madrid, 1986, págs.<br />

121-122. Sobre la elaboración de las vigentes Reales Ordenanzas y la participación de<br />

quien era Ministro de Defensa y Vicepresidente del Gobierno en aquel momento (don<br />

Manuel GUTIÉRREZ MELLADO), vid. Fernando PUE En «Presupuestos constitucionales<br />

de la Función militar», Prólogo de Luis COSCULLUELA, Centro de Estudios Políticos<br />

y Constitucionales, Madrid, 2000, págs. 126 y ss., 312 y ss. y 423 y ss.<br />

120 En «Presupuestos constitucionales de la Función militar», Prólogo de Luis COS-<br />

CULLUELA, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid, 2000, págs. 126 y<br />

ss., 312 y ss. y 423 y ss.<br />

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