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Descargar Derechos humanos completo en ... - Agustín Gordillo

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VI - 6DERECHOS HUMANOSAlgo similar ocurre con la Conv<strong>en</strong>ción sobre los <strong>Derechos</strong> delNiño, que obliga a los Estado a adoptar las medidas necesariaspara impedir la explotación de niños <strong>en</strong> espectáculos o materialespornográficos (art. 34.c), lo que importa un –razonable– cerc<strong>en</strong>ami<strong>en</strong>tode la libertad de expresión. Este Pacto también autorizala restricción del derecho del niño de salir del país (art. 10.2), a lalibre expresión (art. 13.2), a la libertad de p<strong>en</strong>sami<strong>en</strong>to, de conci<strong>en</strong>ciay de religión (art. 14.3) y del derecho de asociación y a lalibertad de celebrar reuniones pacíficas (art. 15.2), siempre que:a) sea únicam<strong>en</strong>te la que prescribe la ley; b) sea necesaria paraproteger la seguridad nacional, el ord<strong>en</strong> público, la salud o lamoral públicas o los derechos y libertades fundam<strong>en</strong>tales de otraspersonas y; c) que esté <strong>en</strong> consonancia con los demás derechosreconocidos por la Conv<strong>en</strong>ción.2.2. Ámbito regionalLa Conv<strong>en</strong>ción Americana sobre <strong>Derechos</strong> Humanos conti<strong>en</strong><strong>en</strong>umerosas disposiciones relativas a las limitaciones aplicables alos derechos contemplados <strong>en</strong> la misma. Así, autoriza a los Estadosreglam<strong>en</strong>tar la libertad de manifestar la religión o cre<strong>en</strong>ciaspropias (art. 12.3), pero no así la de conservar o cambiar la religióno cre<strong>en</strong>cias que la persona t<strong>en</strong>ga, que no puede ser objeto demedida restrictiva alguna (art. 12.2). Es decir, que la libertadreligiosa puede ser cerc<strong>en</strong>ada <strong>en</strong> el ámbito externo –<strong>en</strong> cuantoexposición pública de las cre<strong>en</strong>cias o ritos– pero no <strong>en</strong> el fuerointerno, <strong>en</strong> lo que hace a las convicciones íntimas de cada uno.El Pacto de Costa Rica cu<strong>en</strong>ta con una porm<strong>en</strong>orizada regulaciónde las restricciones permitidas a la libertad de p<strong>en</strong>sami<strong>en</strong>toy de expresión, prohibi<strong>en</strong>do toda c<strong>en</strong>sura previa y admiti<strong>en</strong>do sólola sujeción a las responsabilidades ulteriores (art. 13.2). Comoexcepción, la autoriza <strong>en</strong> los espectáculos públicos con el exclusivoobjeto de regular el acceso a ellos para la protección de la moralde la infancia y la adolesc<strong>en</strong>cia (art. 13.4). También prohíbe alos Estado coartar el derecho de expresión por vías o medios indirectos,tales como el abuso de controles oficiales o particulares de

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