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Descargar Derechos humanos completo en ... - Agustín Gordillo

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VIII - 8DERECHOS HUMANOS3. Los nuevos derechos y garantías de incid<strong>en</strong>cia colectivaEl nuevo texto constitucional no se limita a lo dispuesto —a títuloejemplificativo— <strong>en</strong> la primera parte del segundo párrafo delartículo 43: derecho a la no discriminación, al medio ambi<strong>en</strong>te, ala compet<strong>en</strong>cia, al usuario y al consumidor. En efecto, la cláusulafinal que incluye “a los derechos de incid<strong>en</strong>cia colectiva <strong>en</strong> g<strong>en</strong>eral”es, a texto expreso e inequívoco, g<strong>en</strong>érica. En otras palabras, loprincipal y más g<strong>en</strong>eral del segundo párrafo es el final de la frase,no su comi<strong>en</strong>zo.La lectura del segundo párrafo del artículo 43 es <strong>en</strong>tonces“Podrán interponer esta acción <strong>en</strong> lo relativo a los derechos deincid<strong>en</strong>cia colectiva <strong>en</strong> g<strong>en</strong>eral, [tales como, a título <strong>en</strong>unciativo][a] cualquier forma de discriminación, a los derechos que proteg<strong>en</strong>al ambi<strong>en</strong>te, 1 al usuario y al consumidor”. Ese párrafo compr<strong>en</strong>depor lo tanto también todo el capítulo segundo dedicado a“Nuevos derechos y garantías”, pues de ello es lo que trata: dederechos de este alcance g<strong>en</strong>érico, más los que surg<strong>en</strong> de los tratadosde derechos <strong>humanos</strong> previstos <strong>en</strong> el artículo 75 inciso 22.T<strong>en</strong>emos con ellos una doble remisión e inclusión <strong>en</strong> el artículo43: todos los derechos de incid<strong>en</strong>cia colectiva de los artículos 36 a42, y también los derechos colectivos que emerg<strong>en</strong> de los tratadoscelebrados o a celebrarse.Una breve <strong>en</strong>unciación del capítulo m<strong>en</strong>cionado nos muestraque <strong>en</strong> el nuevo texto constitucional:a) se fortalece el derecho a participar <strong>en</strong> los partidos políticos yel de éstos a actuar (art. 38), sin perjuicio de las demás formas departicipación política que consagran los tratados del artícul 75inc.22 y el propio artículo 42 de la misma Constitución;b) se reconoce expresam<strong>en</strong>te el derecho subjetivo a la resist<strong>en</strong>ciacontra las violaciones al sistema democrático (art. 36),c) se crea el derecho de incid<strong>en</strong>cia colectiva a que no haya corrupción<strong>en</strong> la función pública (art. 36, cuarto párrafo <strong>en</strong> su remisiónal tercero y anteriores),3.1El bi<strong>en</strong> jurídico tutelado es el medio ambi<strong>en</strong>te, bi<strong>en</strong> colectivo a más deindividual; ver también, ex ante, la ley 24.051 de1991 (LL, Anteced<strong>en</strong>tesParlam<strong>en</strong>tarios, 1996-B, p. 1646 y ss.), y decreto 831/93.

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