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Descargar Derechos humanos completo en ... - Agustín Gordillo

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XVII - 22DERECHOS HUMANOSresuelva el amparo, o simplem<strong>en</strong>te no dar traslado de la demandapor el plazo de per<strong>en</strong>ción de instancia, lo cual habitualm<strong>en</strong>teserá sufici<strong>en</strong>te para t<strong>en</strong>er decisión firme <strong>en</strong> el amparo.8.4. La compet<strong>en</strong>cia ratione lociOtra v<strong>en</strong>taja del amparo que lo hace más idóneo que la vía ordinariaes que la compet<strong>en</strong>cia lo es tanto por el domicilio del demandado —g<strong>en</strong>eralm<strong>en</strong>te, la Capital Federal— como la del lugar <strong>en</strong> que el actoha de producir sus efectos.Ello permite litigar <strong>en</strong> el verdadero lugar de los hechos o efectosdel acto, no <strong>en</strong> la sempiterna ciudad de Bu<strong>en</strong>os Aires donde laconc<strong>en</strong>tración de población vs. cantidad de jueces es mucho másperjudicial a la posibilidad de ser oído <strong>en</strong> justicia.También puede ser difer<strong>en</strong>te la percepción de los hechos y por<strong>en</strong>de del derecho por parte de los jueces del lugar, a veces conb<strong>en</strong>eficio para el actor.9. Conjetura, réplicas, refutaciónNo es difícil imaginar las réplicas a las afirmaciones preced<strong>en</strong>tes.Las <strong>en</strong>unciaremos e int<strong>en</strong>taremos su respuesta.9.1. Abroga la parte dogmática de la ConstituciónPodría sost<strong>en</strong>erse que como el inciso 22 establece que tales tratadosno derogan los derechos reconocidos <strong>en</strong> la primera parte y soncomplem<strong>en</strong>tarios de ella, <strong>en</strong>tonces no prevalec<strong>en</strong> fr<strong>en</strong>te al artículo43.a) El razonami<strong>en</strong>to desconoce, sin embargo, que los tratadosno están derogando ni d<strong>en</strong>egando derechos reconocidos <strong>en</strong> la partedogmática, sino ampliándolos y complem<strong>en</strong>tándolos tan sólo<strong>en</strong> cuanto a la garantía de su implem<strong>en</strong>tación o cumplimi<strong>en</strong>to.No hay pues contradicción alguna <strong>en</strong>tre ambos.b) De s<strong>en</strong>tido análogo es la argum<strong>en</strong>tación conforme a la cualla ley 24.309, que convocó a la Conv<strong>en</strong>ción, estableció que no semodificarían las declaraciones, derechos y garantías. El s<strong>en</strong>tidode la norma es que no se limitarían los derechos, no una prohibi-

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