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Descargar Derechos humanos completo en ... - Agustín Gordillo

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XV - 20DERECHOS HUMANOSdigma vig<strong>en</strong>te <strong>en</strong> materia de derechos <strong>humanos</strong> establece quesólo los Estados son los obligados a respetarlos, y sólo ellos respond<strong>en</strong>por las d<strong>en</strong>uncias efectuadas <strong>en</strong> el marco de los sistemaseuropeo e interamericano. 27 Sin embargo, el desarrollo del DerechoP<strong>en</strong>al Internacional ha s<strong>en</strong>tado el principio de la responsabilidadindividual <strong>en</strong> el caso específico de crím<strong>en</strong>es de lesa humanidad.En efecto, se <strong>en</strong>ti<strong>en</strong>de por Responsabilidad Jurídica la condiciónde un sujeto que lo hacer pasible de una sanción. La responsabilidades personal cuando hay coincid<strong>en</strong>cia <strong>en</strong>tre sujeto obligadoy sujeto sancionado, y objetiva <strong>en</strong> caso contrario: cuando elresponsable no puede evitar la aplicación de la sanción. Asimismo,la responsabilidad puede ser individual o colectiva, según elsujeto pasivo sea singular o plural. Combinando ambas clasificaciones,t<strong>en</strong>emos cuatro tipos de responsabilidad: 1) responsabilidadpersonal individual, 2) responsabilidad objetiva individual,3) responsabilidad personal colectiva, y 4) responsabilidad objetivacolectiva. 28En Derecho Internacional, casi siempre la responsabilidad esobjetiva y colectiva: es el Estado como persona jurídica, cuandono toda la población de un Estado, la que sufre las sancionesinternacionales por los actos de algún sujeto (funcionario, jefe deEn el siglo XX, el Tratado de Versalles del 28 de junio de 1919 establecióel derecho de las Pot<strong>en</strong>cias aliadas a <strong>en</strong>juiciar y castigar a los individuosresponsables de «violaciones de las leyes y costumbres de la guerra», disponi<strong>en</strong>doque podía constituirse un tribunal internacional <strong>en</strong> caso de que unindividuo fuese declarado «culpable de actos criminales contra nacionalesde más de una de las Pot<strong>en</strong>cias aliadas y asociadas». En éste s<strong>en</strong>tido, seaprobó la creación de un «tribunal especial» compuesto por jueces designadospor Estados Unidos, Gran Bretaña, Francia, Italia y Japón, para juzgarla responsabilidad del Kaiser Wilhelm II de Hoh<strong>en</strong>zollern, iniciativa quefracasó por el refugio de éste <strong>en</strong> los Países Bajos.27PEREZ SOLLA, MARÍA FERNANDA, Algunos Casos de Responsabilidad Internacional<strong>en</strong> el Sistema Interamericano; <strong>en</strong> <strong>Derechos</strong> Humanos, de AGUSTÍNGORDILLO, GUILLERMO A. GORDO, ADELINA LOIANO, GREGORIO FLAX, MARCELO LOPEZALFONSÍN, CARLOS E. TAMBUSSI, MARCELO FERREIRA y MARÍA FERNANDA PEREZ SOLLA,Fundación de Derecho Administrativo, Bu<strong>en</strong>os Aires, 4ta edición, 1998,Cap.XIV.28VERNENGO, ROBERTO; op.cit., pp.215-17.

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