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Descargar Derechos humanos completo en ... - Agustín Gordillo

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EL DERECHO A SOLICITAR ASILOXIV - 19por la Oficina Federal de Refugiados como por la Comisión deApelación <strong>en</strong> Asuntos de Refugiados. Por lo tanto, se veía expuestoal peligro de deportación. Al interponer la d<strong>en</strong>uncia ante elComité, este adoptó medidas provisionales <strong>en</strong> virtud se su reglam<strong>en</strong>tointerno y pidió a Suiza que no expulsara al peticionantedurante el tratami<strong>en</strong>to de la d<strong>en</strong>uncia; medida que fue acatadapor el Estado.En la comunicación, el d<strong>en</strong>unciante había manifestado que laexist<strong>en</strong>cia de un cuadro persist<strong>en</strong>te de violaciones de derechos<strong>humanos</strong> debería ser, por sí sola, razón sufici<strong>en</strong>te para no devolvera nadie a un Estado ( <strong>en</strong> este caso Zaire ). Suiza, <strong>en</strong> susobservaciones consideró importante esta manifestación para lainterpretación y aplicación del artículo 3 de la Conv<strong>en</strong>ción y señalóque “... si la situación g<strong>en</strong>eral <strong>en</strong> un país basta por sí solapara concluir que exist<strong>en</strong> razones de peso para estimar que algui<strong>en</strong>,<strong>en</strong> caso de ser devuelto, será víctima de tortura, la condiciónque figura <strong>en</strong> el párrafo 1 del artículo 3, <strong>en</strong> el s<strong>en</strong>tido de queesta convicción se refiere personalm<strong>en</strong>te a un individuo ya not<strong>en</strong>dría s<strong>en</strong>tido por sí sola...” y agregó que “...la exist<strong>en</strong>cia de«razones fundadas» m<strong>en</strong>cionada <strong>en</strong> el párrafo 1, ti<strong>en</strong>e que determinarsea la luz de todas las circunstancias de un caso particular...”señalando que “... sólo <strong>en</strong> circunstancias excepcionales larefer<strong>en</strong>cia a una situación de violaciones graves de los derechos<strong>humanos</strong> basta para probar la exist<strong>en</strong>cia de razones fundadaspara estimar que una persona puede estar <strong>en</strong> peligro de ser sometidaa tortura, por ejemplo, si las violaciones se dirig<strong>en</strong> contraun determinado grupo de personas <strong>en</strong> un territorio confinadoy si el individuo que debe ser devuelto pert<strong>en</strong>ece a dicho grupo...”Para <strong>en</strong>trar <strong>en</strong> el estudio del fondo de la cuestión, el Comitéverificó el cumplimi<strong>en</strong>to de los recaudos del artículo 22.5 de laConv<strong>en</strong>ción y pasó a preparar su informe.Asimismo tomó nota de las observaciones de Suiza <strong>en</strong> virtudde que la aplicación del artículo 3º sin más, podría prestarse aabusos por parte de solicitantes de asilo

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