10.07.2015 Views

Descargar Derechos humanos completo en ... - Agustín Gordillo

Descargar Derechos humanos completo en ... - Agustín Gordillo

Descargar Derechos humanos completo en ... - Agustín Gordillo

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

FUNDAMENTOS Y ÁMBITOS DE VALIDEZXV - 21Estado). Sin embargo, <strong>en</strong> el caso de Crím<strong>en</strong>es de Lesa Humanidadse configura el supuesto de responsabilidad personal individual<strong>en</strong> el marco del Derecho Internacional.Así, ya <strong>en</strong> el juicio de Nuremberg la def<strong>en</strong>sa planteó la excepciónrelativa a que el derecho internacional no prevé el castigo deindividuos, pero el Tribunal Militar rechazó éste argum<strong>en</strong>to ydijo que la idea de que un Estado cometa un crim<strong>en</strong> es una ficción:los crím<strong>en</strong>es se comet<strong>en</strong> sólo por los individuos. La s<strong>en</strong>t<strong>en</strong>ciacitó un caso de la Corte Suprema de los EEUU <strong>en</strong> la que eljuez Stone afirmó que los crím<strong>en</strong>es contra el derecho internacionalson cometidos por hombres y no por <strong>en</strong>tidades abstractas, ysólo castigando a los hombres que violan esas disposiciones sepermite poner <strong>en</strong> vigor la ley internacional. 29La cuestión de la responsabilidad individual dió lugar al PrincipioI de Nuremberg: Toda persona que cometa un acto queconstituya un delito d<strong>en</strong>tro del Derecho Internacional es responsablepor él y está sujeto a sanción.Con posterioridad a la guerra, fue reiterado <strong>en</strong> la Conv<strong>en</strong>ciónsobre G<strong>en</strong>ocidio y <strong>en</strong> las Cuatro Conv<strong>en</strong>ciones de Ginebra sobrederecho humanitario bélico (ratificadas por nuestro país por decretoley 14.442 del 9 de agosto de 1956, ratificado por ley 14.467).El tema fue analizado <strong>en</strong> la Opinión Consultiva 14/94 del 9 dediciembre de 1994, con las sigui<strong>en</strong>tes conclusiones:53...actualm<strong>en</strong>te la responsabilidad individual puede seratribuída solam<strong>en</strong>te por violaciones consideradas como delitosinternacionales <strong>en</strong> instrum<strong>en</strong>tos que t<strong>en</strong>gan ese mismo carácter,tales como los crím<strong>en</strong>es contra la paz, los crím<strong>en</strong>es de guerray los crím<strong>en</strong>es contra la humanidad o el g<strong>en</strong>ocidio, que,naturalm<strong>en</strong>te, afectan también derechos <strong>humanos</strong> específicos.56. En lo que concierne a los derechos <strong>humanos</strong> protegidospor la Conv<strong>en</strong>ción, la compet<strong>en</strong>cia de los órganos establecidospor ella se refiere exclusivam<strong>en</strong>te a la responsabilidad internacionaldel Estado y no a la de los individuos. Toda violación de29Ex Parte Quirin, 317 US 1 (1942), cit. por Zuppi, Alberto; JurisdicciónUniversal para Crim<strong>en</strong>es contra el Dcho Internacional, Editorial Ad-Hoc,Bu<strong>en</strong>os Aires, 2002, pag.53.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!