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Descargar Derechos humanos completo en ... - Agustín Gordillo

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XII - 14DERECHOS HUMANOSm<strong>en</strong>te consideradas “licitas” que han sido consideradas antijurídicasex nunc por el juez (caso de Ens<strong>en</strong>ada), por lo cual m<strong>en</strong>ores dificultadesde índole jurídica puede pres<strong>en</strong>tar la conclusión de que determinadaspersonas se abst<strong>en</strong>gan, sin daño económico alguno para ellas yal contrario hasta con b<strong>en</strong>eficio para su propia salud y economía, derealizar conductas perjudiciales para el medio ambi<strong>en</strong>te y la saludaj<strong>en</strong>a;19°) Que algunos funcionarios y administrados, que constituy<strong>en</strong>una minoría, han expresado <strong>en</strong> algunas ocasiones su deseo de fumar<strong>en</strong> las oficinas de las administraciones públicas;20°) Que la solución a que se arriba “ut supra” no es persecutoriarespecto de la minoría de fumadores que solicitan fumar <strong>en</strong> público,ni resulta <strong>en</strong> su discriminación arbitraria, pues no puede interpretarseel ord<strong>en</strong> jurídico como confiri<strong>en</strong>do a nadie el derecho a perjudicar lasalud de terceras personas aj<strong>en</strong>as a sus actos;21°) Que, por lo tanto, la solución m<strong>en</strong>cionada tampoco transgredeel artículo 1° de la Conv<strong>en</strong>ción de Costa Rica, ni conti<strong>en</strong>e una discriminacióninversa.22°) Que de igual modo no podría el fumador invocar un supuesto“derecho” a fumar <strong>en</strong> público, lesionando la salud aj<strong>en</strong>a, at<strong>en</strong>to elprincipio de que “Los derechos de cada persona están limitados porlos derechos de los demás, por la seguridad de todos y por las justasexig<strong>en</strong>cias del bi<strong>en</strong> común”, como determina el artículo 32° inciso 2°de la Conv<strong>en</strong>ción <strong>en</strong> otras palabras, a lo sumo t<strong>en</strong>drá el derecho afumar <strong>en</strong> privado, al amparo del principio de la privacidad (art. 11°inciso 2°) y de las acciones privadas de los hombres (art. 19° de laConstitución Nacional).23°) Que, sin perjuicio de lo todo expuesto, el Poder Ejecutivo nacionaldebe ponderar cuáles son sus deberes y atribuciones <strong>en</strong> cuantoautoridad administrativa fr<strong>en</strong>te al caso bajo análisis;24°) Que <strong>en</strong> su calidad de funcionario responsable de la administraciónnacional ti<strong>en</strong>e el deber de respetar y hacer respetar el derecho ala salud, a lo cual no obsta la inexist<strong>en</strong>cia de norma legal estableci<strong>en</strong>dola prohibición de fumar, pues la aus<strong>en</strong>cia de ley no excluye la vig<strong>en</strong>ciadel artículo 2° de la Conv<strong>en</strong>ción, <strong>en</strong> cuanto hace obligación de losEstados adoptar las medidas legislativas “o de otro carácter” quefuer<strong>en</strong> necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades, loque incluye tanto normas jurisdiccionales como administrativas;

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