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Descargar Derechos humanos completo en ... - Agustín Gordillo

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XVIII - 16DERECHOS HUMANOSderechos <strong>humanos</strong> y esta indep<strong>en</strong>d<strong>en</strong>cia parece imposible de mant<strong>en</strong>ersi la Comisión se transforma <strong>en</strong> la def<strong>en</strong>sora de una víctimaparticular. Asimismo, tampoco parece conv<strong>en</strong>i<strong>en</strong>te esta asignaciónde “parte” si se pi<strong>en</strong>sa <strong>en</strong> la posibilidad de que un asuntollegue a la Corte cuando la Comisión no ha <strong>en</strong>contrado que hayahabido una violación por el Estado parte, <strong>en</strong> cuyo caso las posicionesde la presunta víctima deberían ser def<strong>en</strong>didas por la Comisión,que no las comparte.El individuo no ti<strong>en</strong>e hasta ahora locus standi ya que el artículo71 del Reglam<strong>en</strong>to de la Comisión dispone que esta debe ofreceral peticionario la oportunidad de hacer observaciones por escrito ala petición por la cual la Comisión someta un asunto a la Corte.El Reglam<strong>en</strong>to de la Corte, a su vez, permite que los delegadosde la Comisión ante la Corte sean asistidos por cualquier personaque la Comisión elija y uno de ellos puede ser el repres<strong>en</strong>tante delpeticionario.” Esta persona puede examinar a los testigos y expertos.En los casos de que ha conocido la Corte, la Comisión ha nombradopara asistirla, constantem<strong>en</strong>te, a abogados que repres<strong>en</strong>tabana las partes. Ambas normas disminuy<strong>en</strong> <strong>en</strong> parte la injustaposición <strong>en</strong> que el peticionario ha sido puesto por la Conv<strong>en</strong>ciónfr<strong>en</strong>te al procedimi<strong>en</strong>to que se sigue ante la Corte, pero una mejorsolución sería el de dar al individuo derechos <strong>en</strong> el proceso, porlo m<strong>en</strong>os una vez que éste se ha iniciado, como lo hace el Reglam<strong>en</strong>tode la Corte Europea.El procedimi<strong>en</strong>to ante la Corte consta de una etapa escrita yotra oral.3.1 La etapa escritaLa misma se inicia ante la Secretaría de la Corte mediante lainterposición de la demanda <strong>en</strong> el idioma de trabajo 9 .El escrito de demanda deberá expresar:a) la totalidad de las pret<strong>en</strong>siones, incluidas aquellas que serefier<strong>en</strong> a las reparaciones y costas,9El mismo puede ser español, portugués, francés o ingles, aunque hastael pres<strong>en</strong>te <strong>en</strong> todos los casos ha sido incorporado el español como idiomaalternativo <strong>en</strong> aquellos casos <strong>en</strong> que no fue el idioma de trabajo

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