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Joaquín Trincado<br />

1º - Discernimiento. Es la plenitud y normalidad del ejercicio de las<br />

facultades intelectuales, conocidas bajo los nombres de percepción, concepción,<br />

reflexión, imaginación y razón; las que aun cuando se pueda poseer<br />

innatas, si no se las cultiva con la educación, permanecen adormecidas por<br />

falta de ejecución. como el pueblo no entró en la universidad ni pudo cultivar<br />

esos elementos que crean la responsabilidad, el pueblo no es responsable.<br />

2º - Libertad. Es la plenitud y normalidad del poder de resolverse en<br />

virtud de una deliberación y de obrar en el sentido de una determinación<br />

nacida de los elementos del número anterior. Y como el pueblo no adquirió<br />

aquellos discernimientos, no tiene tampoco Libertad. Luego el pueblo no<br />

educado en la moral, no es responsable de la falta de moral.<br />

Ahora bien: cuando una acción ha coexistido con el discernimiento y<br />

la libertad del agente, se le atribuye a éste exclusivamente; en esta inducción<br />

consiste la llamada imputabilidad. Y este concepto es relativo de otro. Si<br />

el acto imputado es repugnante al sentido moral, se juzga que el agente ha<br />

obrado mal; pero si el acto está de acuerdo con el sentido moral, se juzga<br />

que el agente ha obrado bien; he aquí la calificación del mérito o desmerecimiento<br />

de las acciones humanas.<br />

Por otra parte, el rumbo indicado por el sentido moral y que debe seguir<br />

la conducta humana, tiene que ser una relación constante entre aquélla<br />

y nuestra finalidad; es por consiguiente un principio y como éste rige los<br />

actos del hombre, adquiere el carácter de ley.<br />

Existe, pues, una ley moral que se impone por sí misma como motivo<br />

suficiente, «como imperativo categórico», según la feliz expresión de Kant.<br />

Y esta ley es compleja, como quiera que puede descomponerse en reglas de<br />

conducta, cada una de las cuales recibe el grave nombre de Deber.<br />

El ejercicio habitual de los deberes relativos a determinado género de<br />

acciones, constituye una virtud; la infracción frecuente de dichos deberes,<br />

caracterizando al sentido moral, constituye un vicio.<br />

No es posible; pero es muy difícil sintetizar todos los deberes de orden<br />

individual y social en una o más leyes abstractas. Los imperativos de Kant,<br />

se refieren únicamente a la moral social. Mas sus conceptos abarcan los<br />

principios del derecho Romano.<br />

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