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Joaquín Trincado<br />

de otras leyes y reglamentos con capacidad para regir a los más atrasados.<br />

Esto es, en verdad, el Estado.<br />

Mientras el progreso de los hombres que componen esa federación<br />

estadística, no sobrepasa al que encierra la carta orgánica, ésta tiene autoridad.<br />

cuando es vencida en su espíritu por el progreso de los individuos, ya<br />

no los puede regir y se llama estado arcaico, ley arcaica, vieja, inservible y<br />

se vuelven protestantes los individuos, ocasionándose revoluciones internas<br />

y aun guerras civiles, si un grupo se aferra a lo viejo inservible, usando la<br />

pedantería falaz de aquel rey francés que dijo: «El estado soy yo».<br />

Toda constitución de estado, que no tenga sus artículos abiertos a<br />

la más alta democracia, lleva el sello religioso que la inspiró supremáticamente<br />

y habrá ocasionado guerras fratricidas dentro de su estado y<br />

llevándolas a otros estados.<br />

El estado, pues, es el pueblo, con todos sus emolumentos de vida y<br />

riqueza que se cobijan por común sentir bajo una constitución, que nombra<br />

a un hombre representante de la federación, que deberá ser el más sabio,<br />

virtuoso y moral del estado. Si no lo es, el estado está en decadencia; hay<br />

señales inequívocas de la imposición de un poder demoledor del estado,<br />

cuyo jefe representante no tiene la sanción de la mayoría popular, aunque<br />

tenga la mayoría de la plutocracia impositora.<br />

Sentamos, pues, que el estado es el pueblo que absorbe la soberanía.<br />

Párrafo II<br />

Poderes del estado<br />

considerado el estado en el pueblo, con todos sus emolumentos,<br />

nombra y da su poder a un hombre que lo represente y que haga cumplir la<br />

constitución que representa el estado.<br />

Este nombramiento quiere decir que cada uno de los individuos del<br />

estado, sin renunciar a su soberanía, nombra su apoderado absoluto a tal<br />

individuo, para que lo represente ante todos los otros, en sus naturales y<br />

civiles derechos de estado o comunidad, lo que ha perfectamente sintetizado<br />

en aquella famosa y altísima fórmula del reino de Aragón.<br />

Habiendo de nombrar rey, el pueblo elegía al que habría de serlo<br />

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