18.04.2013 Views

Tese completa Jaci MenezesFCC

Tese completa Jaci MenezesFCC

Tese completa Jaci MenezesFCC

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

Anexos do Capítulo 3.<br />

ANEXO 1 - Joaquim Nabuco - El abolicionismo - Características de la vida esclava.<br />

“Para resumir, fijaré algunos de los principales rasgos de lo que se considera legalmente la<br />

esclavitud en 1883 en Brasil:<br />

1. Los esclavos, nacidos antes del día 28 de setiembre de 1871, hoy con once años y mayor de edad, como<br />

mínimo, son hasta la muerte, tan esclavos como los de las generaciones anteriores; el número de ésos, como<br />

más adelante se verá, es de más de un millón.<br />

2. Esa esclavitud consiste en la obligación de quien está sujeto a ella, de cumplir sin objetar las órdenes que<br />

recibe; de hacer lo que se le manda, sin derecho a reclamar cosa alguna, ni salario, ni vestuario, ni mejor<br />

alimentación, ni descanso, ni medicamento, ni cambio de trabajo.<br />

3. Ese hombre, así esclavizado, no tiene deberes,para con Dios, para con los padres, mujer o hijos, para<br />

consigo mismo, que el señor esté obligado a respetar y a dejarlo cumplir.<br />

4. La ley no marca el máximo de horas de trabajo, mínimo de salario, régimen higiénico, alimentación,<br />

tratamiento médico, condición de moral, protección a las mujeres, en una palabra interfiere tanto en la suerte<br />

de la fábrica de una estancia, como en la de los animales de servicio.<br />

5. No hay ley alguna que regule las obligaciones y los derechos del señor; cualquiera que sea el número de<br />

esclavos que posea él ejerce una autoridad limitada, sólo por su arbitrio.<br />

6. El señor puede reprimir a los esclavos con castigos moderados, dice el Código Criminal, que equipara la<br />

autoridad dominical al poder paterno, pero de hecho, a su voluntad, porque la justicia no se introduce en el<br />

feudo; la queja del esclavo sería fatal para éste, como ya ha sido, y la práctica tornó al señor soberano.<br />

7. El esclavo vive en la <strong>completa</strong> inseguridad de su suerte; si piensa que va a ser vendido, hipotecado o dado<br />

en prenda no tiene el derecho de interrogar a su dueño.<br />

8. Cualquier individuo que salga de la Casa de Corrección o esté dentro de ella, por más perverso que sea,<br />

brasileño o extranjero, puede poseer o comprar una familia de esclavos, respetables y honestos, y sujetarlos a<br />

sus caprichos.<br />

9.Los señores pueden emplear esclavas en la prostitución, recibiendo los lucros por ese negocio, sin que eso<br />

les haga perder la propiedad que tienen sobre ellas; como así también el padre puede ser el señor del hijo.<br />

10. El Estado no protege a los esclavos de ninguna manera, no les inspira confianza en la justicia pública;<br />

pero los entrega sin esperanza al poder implacable que pesa sobre ellos, y que moralmente, los ata o<br />

magnetiza, les saca el movimiento, en definitiva los destruye.<br />

11. Los esclavos son regidos por leyes de excepción. El castigo por medio de azotes, existe contra ellos, a<br />

pesar de haber sido abolidos por la Constitución; sus crímenes son castigados por una ley bárbara, la ley del<br />

10 de junio de 1835, cuya pena uniforme es la muerte.<br />

12. Se ha diseminado por el país la creencia de que los esclavos, muchas veces cometen crímenes para<br />

volverse siervos bajo pena y, así escapar del cautiverio, porque prefieren el servicio de los galeones al de la<br />

estancia, como los esclavos romanos preferían luchar con las fieras, con la esperanza de quedar libres si no<br />

morían. Por eso, el jurado del interior ha absuelto esclavos criminales, para luego ser restituidos a sus<br />

señores, y la ley de Lynch ha sido puesta en vigencia en más de un caso.<br />

13. Todos los poderes, como vemos prácticamente, sin limitación alguna del señor, no son ejercitados<br />

directamente por él, que se ausenta de sus tierras y no vive en contacto con sus esclavos; pero son delegados a<br />

individuoas sin formación intelectual o moral, que sólo sabem guiar hombres por medio del látigo o de la<br />

violencia.”<br />

ANEXO 2 - HERMANDADES DE NEGROS<br />

Citadas en testamentos de libertos de los siglos XVIII y XIX.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!