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TOMO-6

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LA CONQUISTA Y EL VIRREINATO 339<br />

última por los excesos de Alonso de Mercadillo); las precauciones<br />

higiénicas y' cuarentenas contra las pestes, como<br />

la establecida contra la epidemia que devastaba México por<br />

los años de 1560, contra la de los valles del Norte en 1589;<br />

los ecos que en nuestro medio despertaban, y los donativos<br />

que demandaban, los mayores acontecimientos de la inmensa<br />

monarquía, las guerras contra el Turco, navales o<br />

terrestres, en el Mediterráneo como Lepanto, o en Viena y<br />

Buda, y los aprestos de Armados contra Isabel de Inglaterra<br />

y contra los sucesivos corsarios. La noticia de la destrucción<br />

de la Invencible llegó a Lima el día 29 de Agosto<br />

de 1589; y el Cabildo votó en seguida la apreciable suma<br />

de veinte mil pesos para las nuevas defensas bélicas, tomándolos<br />

a censo sobre los Propios, y haciendo los Regidores<br />

renuncia de sus salarios por cuatro años (Acta del<br />

9 de Setiembre de 1589). Todo esto y mucho más hallará<br />

el historiador en los seis primeros tomos que ahora se imprimen;<br />

y en los venideros, que próximamente esperamos.<br />

El Ayuntamiento de Lima era, como dice Solórzano,<br />

"el gobierno político, prudente y competente de la ciudad,<br />

elegido por sus mismos Vecinos y moradores, con jurisdicción<br />

civil y criminal ordinaria"; y según Juan de Matienzo,<br />

"de derecho natural" (Solórzano, Política Indiana,<br />

Libro V, cap. 1; Matienzo, glosa 21, NQ 15 en el Libro V<br />

de la Recopilación). Por él se mantenían y acrisolaban "las<br />

costumbres y preeminencias de los habitadores de Indias";<br />

y los dichos "se veían ocupados y honrados, y daban muestras<br />

de su ingenio y capacidad", conforme lo explica el<br />

mismo Solórzano (Ibidem). Para que sus Alcaldes conocieran<br />

libremente en primera instancia, consiguió pronto<br />

Lima del Rey la supresión del Corregidor, que les hacía<br />

competencia; y desde entonces juzgaron civil y criminalmente<br />

en primer grado, aun siendo los demandados Oidores.<br />

Cuando éstos comparecían como reos, conoCÍan en lo penal<br />

conjuntamente el Vierrey y los Alcaldes de Lima, al revés

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