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28 JosÉ DE LA RIVA-AGÜERO<br />

de las pretensiones de nuestro cronista no se debió a falta<br />

o insuficiencia de probanzas de estado civil, sino que se<br />

explica sencillamente por la tacha de rebelde que opusieron<br />

a la memoria y servicios de su padre, por la participación<br />

de éste en el alzamiento de Gonzalo Pizarra. Así lo refiere<br />

con toda claridad y lógica en el capítulo XXIII, del Libro<br />

Quinto de la Segunda Parte de sus Comentarios. No hay<br />

absolutamente motivo racional para dudar de la veracidad<br />

de su relación en este paso, y sí los hay de certidumbre<br />

moral para aceptarla. La petición de Garcilaso al Consejo<br />

de Indias, que debió de ser por los años de 1561 a 1564,<br />

se apoyaba de manera muy principal en los méritos de su<br />

padre, y sobre ellos hubieron de recaer el examen y el fallo;<br />

pues sólo muy accesoria y secundariamente podía alegar<br />

la condición de su madre, para recomendarse a mayor abundamiento<br />

a la generosidad real, ya que no podía imaginar<br />

con seriedad que un simple primo segundo (como él confesaba<br />

ser) de los postreros monarcas indios tuviera derecho,<br />

sólo por ser tal, a reclamar indemnizaciones y asignaciones.<br />

¡Medrado se habría visto el erario español si el<br />

Consejo se hubiera creído obligado a extender las mercedes<br />

regias en dinero y oficios a toda la innumerable muchedumbre<br />

de descendientes del tronco de los Incas por las líneas<br />

masculinas y femeninas! Así pues, casi es seguro que el<br />

desahucio de las pretensiones de nuestro cronista no se debió<br />

sino a la dudosa lealtad de su padre, la cual es bastante<br />

causa para dicho desahucio, sin acudir a sospechas gratuitas.<br />

Fácil será por otra parte obtener cabal certeza sobre<br />

este punto: en el Archivo de Indias tiene que conservarse<br />

el legajo de la solicitud de Garcilaso con su tramitación y<br />

resolución, que han de buscarse, como ya lo he indicado,<br />

entre los años 1561 y 1564, después de la llegada de Garcilaso<br />

a España y antes de la partida para el Perú del licenciado<br />

Lope García de Castro, quien, como Consejero,<br />

conoció de la petición aquella.

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