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Los%20bienes%20comunes%20del%20conocimiento_Traficantes%20de%20Sue%C3%B1os

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218 | Los bienes comunes del conocimiento<br />

distribución, sino también a las revistas que exploran nuevos campos de<br />

investigación o nuevas metodologías. El problema no es el intento de la<br />

comisión de erradicar las revistas de segunda. El problema es hacerlo mal,<br />

mediante un criterio tosco, de modo que también se excluya a las de primera.<br />

Los administradores que entiendan este problema pueden establecer<br />

políticas para sus comisiones de selección y promoción. Los profesores que<br />

entiendan este problema pueden ofrecerse como voluntarios para las comisiones.<br />

Las fundaciones que financian la investigación a menudo están tan<br />

cargadas de prejuicios como las comisiones de selección y promoción,<br />

aunque ellas mismas intenten apoyar el acceso abierto en otras políticas.<br />

Si tienden a conceder becas solo a los candidatos que han publicado en<br />

el grupo, habitualmente pequeño, de revistas de alto impacto, entonces<br />

disuaden a los autores de publicar en revistas de acceso abierto, aun cuando<br />

les presten apoyo ofreciéndoles el pago de las tarifas de procesamiento.<br />

Creación de incentivos para que los autores pongan sus obras en acceso<br />

abierto<br />

Las universidades pueden crear un incentivo exigiendo acceso abierto a<br />

todos los artículos de investigación que el profesorado quiera que sean<br />

considerados por la comisión de selección y promoción. Como esto puede<br />

hacerse mediante archivos de acceso abierto, es compatible con la publicación<br />

de estos mismos artículos en revistas convencionales de suscripción.<br />

Esta política no necesita limitar la libertad de los autores para publicar en<br />

cualquier revista que acepte su trabajo 53 .<br />

Las agencias de financiación, públicas y privadas, pueden crear un<br />

incentivo para los autores exigiendo acceso abierto para los resultados de<br />

la investigación financiada 54 . Los autores no se opondrían a estas medidas.<br />

Como ya se ha apuntado 55 , Swan y Brown descubrieron que una mayoría<br />

aplastante de autores cumplirían de buena gana un mandato de acceso<br />

abierto de financiadores o empleadores.<br />

53<br />

Una vía habitual para evitar problemas de derechos de autor es exigir el depósito de la versión<br />

final del manuscrito del autor, incorporando todos los cambios del proceso de revisión por pares,<br />

pero no necesariamente la versión editada o publicada. Los editores que se opongan a la proliferación<br />

de versiones pueden depositar la versión publicada, en lugar del manuscrito final del autor.<br />

Actualmente, en torno al 70 por 100 de las revistas encuestadas permiten a los autores depositar la<br />

versión publicada de su artículo en un repositorio de acceso abierto. Véanse las copias electrónicas<br />

en «Journal Policies–Summary Statistics So Far», http://romeo.eprints.org/stats.php. Además, el<br />

100 por 100 de revistas afectadas cooperan con la política del NIH que pide a sus concesionarios<br />

que depositen en PubMed Central, un archivo de acceso abierto, la versión final del manuscrito del<br />

autor. Véase mi «Publisher Policies on NIH-Funded Authors», SPARC Open Access Newsletter, 2 de<br />

junio de 2005, http://www.earlham.edu/~peters/fos/newsletter/06-02-05.htm#nih.<br />

54<br />

Para mayor información sobre los mandatos de acceso abierto en las agencias de financiación,<br />

véanse las notas 40 y 41, más arriba.<br />

55<br />

Véase la nota 43.

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