02.06.2016 Views

Los%20bienes%20comunes%20del%20conocimiento_Traficantes%20de%20Sue%C3%B1os

Los%20bienes%20comunes%20del%20conocimiento_Traficantes%20de%20Sue%C3%B1os

Los%20bienes%20comunes%20del%20conocimiento_Traficantes%20de%20Sue%C3%B1os

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

256 | Los bienes comunes del conocimiento<br />

está en juego es la viabilidad de las posibles nuevas formas de intercambio<br />

compartido, cuando las partes interesadas no desean adaptar los modelos<br />

de negocio existentes 7 .<br />

Finalmente, el principio de la gobernanza y la producción cultural determinan<br />

el intercambio de archivos. De hecho, la viabilidad del intercambio de<br />

archivos está afectada por Internet y no deja de afectar a esta. Las cuestiones<br />

de la gobernanza se plantean en dos niveles. En primer lugar, la estructura<br />

del intercambio compartido de archivos está influida por la normativa de<br />

la propiedad intelectual, en particular por las reglas del uso legítimo y de<br />

la aplicación del concepto de complicidad. En segundo lugar, el intercambio<br />

de archivos permite una estructura de mercado descentralizada para la<br />

transmisión de la información y en consecuencia numerosas páginas web<br />

reemplazan potencialmente los puntos de venta espacialmente situados en<br />

el territorio y dotados de una marca, ya que la información puede ser producida<br />

y consumida fuera de los límites de los medios convencionales, tales<br />

como los libros y los discos. Cada conjunto de cuestiones relacionadas con la<br />

gobernanza nos obliga a pensar cómo se producirán y difundirán los objetos<br />

culturales y qué forma deberán tomar. Los archivos compartidos crean nuevos<br />

foros e infraestructuras para la producción cultural y la resolución de los<br />

asuntos de la gobernanza ofrecerá la estructura a estos foros.<br />

Conforme a estos tres principios, podemos evaluar en qué medida el<br />

intercambio de archivos contribuye a crear bienes comunes de la información<br />

fundados en los valores del acceso abierto. En el caso MGM v. Grokster,<br />

el Tribunal Supremo estadounidense estableció la viabilidad de la doctrina<br />

de uso substancial que no viola el derecho de autor, mencionada en el año<br />

1984, en la famosa decisión Sony en referencia a la responsabilidad de los<br />

fabricantes de vídeo y su contribución a la infracción de los derechos de<br />

autor 8 . Sin embargo, el Tribunal también aceptó la incitación como prueba<br />

alternativa para determinar el grado de la contribución en una supuesta violación<br />

de derechos de autor. La doctrina sustantiva de la no infracción del<br />

derecho de autor prevé una prueba legal para dilucidar la responsabilidad de<br />

los creadores de tecnología que facilita la violación de los derechos de autor.<br />

La prueba jurídica se refiere más bien a su complicidad y no a una autoría<br />

directa por la violación de los derechos de autor. Al aplicar la prueba sustancial<br />

de la no violación de los derechos, el Tribunal tomará en cuenta los usos<br />

de la tecnología que no supongan una infracción de los derechos de autor y<br />

analizará si los usos que no violan estos son mayores que los que violan tales<br />

derechos. Si los usos que no violan los derechos son más importantes que<br />

los usos que violan los derechos, el creador de la tecnología de copiado no<br />

es responsable de la violación de los derechos de autor. Por ejemplo, en el<br />

7<br />

Ghosh, 2001, pp. 572-579.<br />

8<br />

Sony Corp. of America v. Universal City Studios, 104 S. Ct., p. 774, 1984.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!