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Los%20bienes%20comunes%20del%20conocimiento_Traficantes%20de%20Sue%C3%B1os

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Cómo construir los bienes comunes | 233<br />

autor de la novela Lo que el viento se llevó (Gone With the Wind), que trató<br />

de impedir la publicación del libro The Wind Done Gone, una respuesta<br />

crítica a la épica historia de Scarlett O’Hara narrada desde la perspectiva de<br />

un esclavo. Dejando a un lado el mérito estético de ambas novelas, el caso<br />

demuestra que el propietario de los derechos de autor puede tener cierto<br />

control sobre el tipo de información disponible para los consumidores en<br />

un mercado libre. Una vez más, la ausencia de poder de mercado en el sentido<br />

tradicional del antimonopolio resulta inapropiada. Sin duda, existen<br />

otras obras como The Wind Done Gone que profundizan en la perspectiva<br />

de los esclavos acerca de la mitología de «luz de luna y magnolias» recogida<br />

en la obra de Margaret Mitchell. Sin duda, existen alternativas para utilizar<br />

la expresión, los personajes, el argumento y las descripciones de Margaret<br />

Mitchell, protegidas por el derecho de autor, a la hora de construir una<br />

contranarrativa a la cultura de la plantación sureña. Pero la cuestión es que<br />

el derecho de autor no debería crear campos minados ni servir de barrera<br />

a la expresión artística y creativa. El uso ofensivo de los derechos de<br />

autor para impedir la expresión resulta antitético con el objetivo de acceso<br />

abierto a la información como bien común.<br />

Debemos definir de forma muy precisa que entendemos por exclusividad<br />

para que el argumento de que la propiedad intelectual limita los<br />

bienes comunes de la información tenga sentido. El derecho a excluir, en<br />

el contexto de los derechos personales y de la propiedad, es esencial para la<br />

preservación de la autonomía individual. Para la propiedad intelectual, la<br />

capacidad de excluir del uso general una creación proporciona las condiciones<br />

necesarias para la creatividad y la invención. Aunque buena parte de<br />

la producción artística y científica es colaborativa y acumulativa, el esfuerzo<br />

individual resulta clave para el resultado final en ambos campos, artístico<br />

y científico. La capacidad de excluir resulta tan importante a la hora de<br />

preservar la autonomía individual en las creaciones artísticas y científicas,<br />

como lo es en la actividad sexual, la gestión del propio hogar, la forja de la<br />

propia educación y carrera, y otras opciones personales.<br />

Sin embargo, existen diferencias fundamentales entre la exclusividad<br />

en el contexto de los bienes muebles e inmuebles y la exclusividad en el<br />

contexto de la propiedad intelectual. En primer lugar, con respecto a la<br />

propiedad intelectual, la exclusividad es prácticamente instrumental. El<br />

derecho de excluir sirve para proporcionar un incentivo para producir y<br />

difundir obras creativas e innovadoras. El uso instrumental del derecho<br />

a excluir se refleja en la duración de las limitaciones en relación con la<br />

propiedad intelectual. Mientras que el derecho a excluir a otros de la propiedad<br />

inmobiliaria o personal es perpetuo, el derecho a excluir a otros de<br />

la propiedad intelectual caduca a fin de garantizar que el trabajo creativo<br />

e innovador está dedicado al público. El equilibrio entre acceso público y

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