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Los%20bienes%20comunes%20del%20conocimiento_Traficantes%20de%20Sue%C3%B1os

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74 | Los bienes comunes del conocimiento<br />

afectados. De hecho, hoy pueden observarse conflictos de valores en el<br />

seno de la academia, que mantiene vínculos estrechos con empresas patrocinadoras<br />

y en la que se están mercantilizando cada vez más los procesos<br />

educativos (Argyres y Liebeskind, 1998; Vaidhyanathan, 2002; Bollier,<br />

2002a). Así, pues, los valores de la comunidad se han hecho más complejos<br />

y fragmentados.<br />

El análisis de los bienes comunes tradicionales ha demostrado que es<br />

más probable que un grupo pequeño y homogéneo sea capaz de sostenerlos<br />

(Cardenas, 2003; National Research Council, 2002). Una comunidad<br />

de proveedores y administradores unida en torno al carácter público del<br />

recurso de la información o el conocimiento puede denominarse homogénea.<br />

La homogeneidad puede ser muy importante para la solidez final de<br />

un determinado tipo de bienes comunes. Una de las características más<br />

sorprendente que favorece los bienes comunes digitales a escala global –<br />

tales como el movimiento de software de código abierto– es el alto nivel<br />

de cooperación y coordinación alcanzado por individuos evidentemente<br />

dispares, muchos de los cuales jamás han mantenido contacto cara a cara.<br />

Definir la comunidad de conocimiento digital es particularmente fructífero<br />

para analizar un bien común complejo, ya que algunos miembros<br />

o grupos pueden no ser fácilmente reconocibles, si queremos considerar<br />

todos los tipos y niveles distintos de usuarios, proveedores y reguladores.<br />

Levine (capítulo 9) coloca a la comunidad como eje central del debate:<br />

en su procomún asociativo, la comunidad en sí constituye el recurso. Es<br />

también el caso de los bienes comunes de libre acceso que Suber y otros<br />

debaten en la presente obra y cuyos recursos son similares a los tradicionales<br />

bienes comunitarios rurales, si olvidamos que el espacio compartido es<br />

más virtual y/o intelectual que físico.<br />

Las normas en vigor<br />

Entendemos por normas los marcos normativos compartidos que establecen<br />

lo que un actor situado en una determinada posición debe, no<br />

debe o puede hacer en una situación de acción particular, y que están<br />

respaldados al menos por una mínima capacidad sancionadora en caso de<br />

incumplimiento (Crawford y Ostrom, 2005). Cuando estas instrucciones<br />

normativas se encuentran meramente escritas en procedimientos administrativos,<br />

legislaciones o contratos, y no son conocidas por los participantes<br />

o aplicadas por estos u otros, se consideran normas de orden «formal».<br />

Las normas en vigor, en cambio, son por lo general conocidas y aplicadas,<br />

y generan oportunidades y obligaciones para quienes interactúan en<br />

ese entorno determinado. Pueden analizarse estas normas en tres esferas o<br />

escalas: la operativa, la de opción colectiva y la constitucional.

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