TABLA DE CONTENIDO CODIGO FISCAL1
INGRESOS BRUTOS Y OTROS IMPUESTOS DE ... - DentroDe.com.ar
INGRESOS BRUTOS Y OTROS IMPUESTOS DE ... - DentroDe.com.ar
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
NORMAS COMPLEMENTARIAS<br />
del Nomenclador de Actividades del impuesto sobre los<br />
ingresos brutos del Anexo 80.<br />
Fuente: B–17/03, artículo 2º.<br />
Obligación de recaudar<br />
Artículo 484–– Los agentes de recaudación del impuesto<br />
sobre los ingresos brutos deberán actuar en su carácter de<br />
tales, recaudando el tributo correspondiente con relación a<br />
los contribuyentes que desarrollen las actividades mencionadas<br />
en los dos artículos anteriores, en tanto mantengan<br />
vigencia las suspensiones que allí se citan.<br />
Fuente: B–43/02, artículo 2º yB–17/03, artículo 3º.<br />
SECCIÓN SIETE: AUTORIZACIÓN <strong>DE</strong><br />
EXCLUSIÓN <strong>DE</strong> REGÍMENES <strong>DE</strong><br />
RETENCIÓN O PERCEPCIÓN<br />
Alcance<br />
Artículo 485–– Los contribuyentes del impuesto sobre los<br />
ingresos brutos que se encuentren alcanzados por algún<br />
régimen de retención o percepción, podrán solicitar su exclusión<br />
siempre que resulte fehacientemente acreditado que<br />
se generan en forma permanente saldos a favor de dichos<br />
sujetos.<br />
Fuente: B–34/96, artículo 1º. B–1/02, artículo 405.<br />
Solicitud. Requisitos<br />
Artículo 486–– Los interesados deberán presentar la solicitud<br />
de exclusión, en original y copia, conteniendo los datos<br />
que a continuación se indican:<br />
a) Apellido y nombre, denominación o razón social, número<br />
de inscripción en el impuesto sobre los ingresos brutos,<br />
agregando el número de C.U.I.T. cuando no fueran coincidentes<br />
y domicilio fiscal del peticionante.<br />
b) Actividades desarrolladas con el código de actividad<br />
respectivo.<br />
c) Detalle de los elementos de prueba aportados, u ofrecidos<br />
cuando los mismos no obren en poder del peticionante y a<br />
su juicio resulten pertinentes.<br />
d) Plazo por el cual solicita la exclusión, el que no podrá<br />
exceder de un año, de conformidad al artículo 489, y explicación<br />
de las causales de procedencia de la solicitud.<br />
e) Monto de los ingresos gravados en cada uno de los<br />
últimos seis (6) meses inmediatos anteriores al mes de la<br />
presentación. En el caso de desarrollar una o más actividades<br />
sujetas a distinto tratamiento fiscal, se deberá<br />
realizar la correspondiente discriminación.<br />
f) Detalle de los montos de las retenciones y percepciones<br />
que le fueron efectuadas por aplicación del o los regímenes,<br />
en cada uno de los seis últimos (6) meses. Estos<br />
datos deberán estar ordenados por régimen de retención<br />
o percepción y por agente de recaudación.<br />
g) La generación de las obligaciones tributarias que podránser<br />
objeto de compensación con el saldo a favor resultante de la<br />
aplicacióndelodelosregímenes de recaudación, debiendo<br />
denunciarse, en su caso, los números de partida inmobiliaria,<br />
de dominio del automotor y de matrícula de las embarcaciones<br />
deportivas o de recreación.<br />
La solicitud deberá ser suscripta por:<br />
1) En el caso de las sociedades por acciones:<br />
1.a) Sociedades que han prescindido de la sindicatura<br />
en los términos del artículo 284 de la Ley Nº 19.550<br />
y modificatorias: Por dos directores con facultades<br />
suficientes para el acto. En caso de directorios unipersonales,<br />
por el único director.<br />
1.b) Restantes sociedades por acciones: Por el representante<br />
legal o apoderado y por el síndico.<br />
2) Demás sujetos: Por el contribuyente, representante legal<br />
o apoderado, según corresponda.<br />
La información requerida deberá ser certificada por contador<br />
público, cuya firma deberá ser autenticada por el Consejo<br />
Profesional en el cual se encontrare matriculado.<br />
Fuente: B–34/96, artículo 2º. B–1/02, artículo 406.<br />
Solicitud. Lugar de presentación<br />
Artículo 487–– Las solicitudes deberán presentarse ante la<br />
Oficina de Distrito correspondiente al domicilio fiscal del<br />
contribuyente.<br />
Fuente: B–34/96, artículo 3º. B–1/02, artículo 407.<br />
Requerimiento de nuevos elementos<br />
Artículo 488–– La Autoridad de Aplicaciónpodrá requerir el<br />
aporte de nuevos elementos de valoración que estime necesarios,<br />
a efectos de resolver la procedencia de la solicitud.<br />
El incumplimiento de lo requerido dará lugar al archivo<br />
automático de las actuaciones, si existiera una mora superior<br />
a quince (15) días contados desde el vencimiento del plazo<br />
acordado a tales fines.<br />
Fuente: B–34/96, artículo 4º. B–1/02, artículo 408.<br />
Resolución. Certificado. Plazo de vigencia<br />
Artículo 489–– La Gerencia Delegación correspondiente<br />
dictará resolución concediendo o denegando la solicitud,<br />
con indicación precisa de los fundamentos, dentro del plazo<br />
de sesenta (60) días hábiles contados desde la fecha de la<br />
presentación o, en su caso, de la recepción de los elementos<br />
indicados en el artículo anterior.<br />
De ser procedente la solicitud, deberá mencionarse expresamente<br />
el régimen de retención o percepción del que<br />
resulta excluido el contribuyente.<br />
El plazo de la exclusión no podrá ser superior a un (1) año,<br />
ni exceder el mes de febrero del año calendario inmediato<br />
siguiente a la fecha de inicio de la misma, según la circunstancia<br />
que se verifique con anterioridad, emitiendo un certificado<br />
para su entrega al interesado.<br />
Fuente: B–34/96, artículo 5º. B–1/02, artículo 409.<br />
Certificados. Contenido<br />
Artículo 490–– Los certificados serán válidos para acreditar<br />
la exclusión del régimen de retención y/o percepciónde<br />
que se trate, debiendo contener:<br />
a) Nombre o razón social, número de inscripción enel<br />
impuesto sobre los ingresos brutos y número de C.U.I.T.<br />
del contribuyente cuando no coincidieran.<br />
b) Régimen en relación al cual se concedió la exclusión.<br />
c) Período de vigencia de la misma.<br />
Ingresos Brutos y otros Impuestos de la Provincia de Buenos Aires / 153