TABLA DE CONTENIDO CODIGO FISCAL1
INGRESOS BRUTOS Y OTROS IMPUESTOS DE ... - DentroDe.com.ar
INGRESOS BRUTOS Y OTROS IMPUESTOS DE ... - DentroDe.com.ar
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
G Comercio al por mayor y al por menor; reparación de<br />
vehículos automotores, motocicletas, efectos personales y<br />
enseres domésticos<br />
50 Venta, mantenimiento y reparación de vehículos automotores<br />
y motocicletas; venta al por menor de combustible para<br />
vehículos automotores<br />
51 Comercio al por mayor y/o en comisión o consignación,<br />
excepto el comercio de vehículos automotores y motocicletas<br />
52 Comercio al por menor, excepto el comercio de vehículos<br />
automotores y motocicletas; reparaciónde efectos personales<br />
y enseres domésticos<br />
H Servicios de hotelería y restaurantes<br />
55 Servicios de hotelería y restaurantes<br />
I Servicios de transporte, de almacenamiento y de<br />
comunicaciones<br />
60 Servicios de transporte terrestre<br />
61 Servicios de transporte por vía acuática<br />
62 Servicios de transporte aéreo<br />
63 Servicios anexos al transporte; servicios de agencias de viaje<br />
64 Servicios de correo y telecomunicaciones<br />
J Intermediación financiera y@’ýÿT&kDejado sin efecto por la Ley<br />
@’ýÿH&kDejado sin efecto por la Ley Nº 12.576 (B.O.del 08/01/2001).<br />
Dejado sinefecto por la Ley Nº 12.576 (B.O.del 08/01/2001).<br />
puestos de la Provincia de Buenos Aires<br />
67 Servicios auxiliares a la actividad financiera<br />
K Servicios inmobiliarios, empresariales y de alquiler<br />
70 Servicios inmobiliarios<br />
71 Alquiler de equipo de transporte, maquinaria y equipos sin<br />
operarios, alquiler de efectos personales y enseres domésticos<br />
72 Servicios informáticos y actividades conexas<br />
73 Investigación y desarrollo<br />
74 Servicios empresariales n.c.p.<br />
L Administración pública, defensa y seguridad social obligatoria<br />
75 Administración pública, defensa y seguridad social obligatoria<br />
MEnseñanza<br />
80 Enseñanza<br />
N Servicios sociales y de salud<br />
85 Servicios sociales y de salud<br />
O Servicios comunitarios, sociales y personales n.c.p.<br />
90 Eliminación de desperdicios y aguas residuales, saneamiento<br />
y servicios similares<br />
91 Servicios de asociaciones n.c.p.<br />
92 Servicios de esparcimiento y servicios culturales y deportivos<br />
93 Servicios n.c.p.<br />
P Servicios de hogares privados que contratan servicio doméstico<br />
95 Servicios de hogares privados que contratan servicio doméstico<br />
Q Servicios de organización y órganos extraterritoriales<br />
99 Servicios de organización y órganos extraterritoriales<br />
Notas Explicativas<br />
A Agricultura, ganadería, caza y silvicultura<br />
Esta categoría comprende la utilización de tierras para cultivar diversas<br />
especies vegetales y criar animales con la finalidad de producir alimentos<br />
y materias primas, así como tambiénlos servicios prestado por terceros a las<br />
explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales. Las plantaciones ornamentales<br />
y el cuidado de jardines y parques, entre otras, son actividades incluidas en<br />
esta categoría de tabulación. Comprende también la explotación de la fauna<br />
silvestre mediante la caza y otras actividades productivas que no utilizan<br />
la tierra enforma directa, como la cría de insectos útiles o de animales<br />
silvestres en cautiverio. Las construcciones agropecuarias realizadas por<br />
cuenta propia (división45) –instalaciónde alambrados, desmonte y<br />
nivelaciónde sueldos, etcétera– sonconsideradas actividades secundarias de<br />
las explotaciones agropecuarias.<br />
01 Agricultura, ganadería, caza y servicios conexos<br />
011 Cultivos agrícolas<br />
Comprende los cultivos temporales y permanentes. Con el término<br />
temporales se hace referencia a aquellos cultivos cuyo ciclo es de hasta<br />
dos años; para los restantes cultivos se utiliza el término permanente o<br />
perennes en forma indistinta.<br />
0111 Cultivos de cereales, oleaginosas y forrajeras<br />
Los cereales son, en su mayoría, especies vegetales de ciclo anual de la<br />
familia botánica de las gramíneas, que poseen frutos farináceos y se utilizan<br />
para el consumo humano o animal.<br />
Las oleaginosas sonespecies vegetales diversas, de cuyas semillas o frutos<br />
se obtienen aceites comestibles o de uso industrial y derivados de alto<br />
contenido proteico, empleados para la alimentación animal o humana.<br />
Las forrajeras sonespecies vegetales, ensu mayoría de las familias<br />
botánicas de las gramíneas y las leguminosas, utilizadas para la<br />
alimentación del ganado.<br />
Incluye: Las actividades de producciónde cultivos extensivos como los<br />
cereales, las oleaginosas –en su mayoría denominados granos y de pastos<br />
forrajeros, sean temporales o perennes.<br />
NORMAS COMPLEMENTARIAS<br />
No incluye: El cultivo de cereales, oleaginosas y forrajeras con destino a la<br />
produccióncomercial de semillas para siembra (clase 0015).<br />
011110 Cultivo de cereales, excepto los forrajeros y los de<br />
semillas para siembra<br />
Se trata de cultivos cuyos granos se utilizan, principalmente, para la<br />
elaboración de harinas y productos destinados al consumo humano.<br />
Incluye: El cultivo de cereales como por ejemplo: arroz concáscara,<br />
cebada cervecera, trigo, etcétera.<br />
No incluye: El cultivo de cereales cuyos granos se destinan principalmente<br />
a la alimentación animal (subclase 01112).<br />
El cultivo de cereales cuyos granos se destinan a la producción comercial de<br />
semillas (subclase 01151).<br />
011120 Cultivo de cereales forrajeros<br />
Incluye: El cultivo de cereales destinados principalmente a la alimentación<br />
animal ya sea enforma directa o elaborados enforma de silos, fardos, rollos,<br />
etcétera. Por ejemplo: alpiste, avena, cebada forrajera, centeno, maíz, mijo,<br />
sorgo granífero, etcétera.<br />
No incluye: El cultivo de cereales cuyos granos se destinan principalmente<br />
a la alimentación humana (subclase 01111).<br />
El cultivo de cereales cuyos granos se destinan a la producción comercial<br />
de semillas (subclase 00151).<br />
011130 Cultivo de oleaginosas excepto del de semillas para<br />
siembra<br />
Incluye: Los cultivos temporales o permanentes de oleaginosas para la<br />
producciónde aceites comestibles y “de uso industrial” o no comestibles,<br />
por ejemplo las semillas de: girasol, soja, maní, cártamo, colza, jojoba, lino<br />
oleaginosas, ricino, sésamo o ajonjolí, tung, etcétera.<br />
No incluye: El cultivo de oleaginosas para la producción comercial de<br />
semillas (subclase 01151).<br />
El cultivo de olivo para su industrialización como conserva (subclase<br />
01149).<br />
011140 Cultivos de pastos forrajeros<br />
Incluye: El cultivo de pastos temporales o perennes destinados a la<br />
producción de forraje seco o húmedo para alimentación del ganado.<br />
La producción de fardos, rollos y otras formas de acondicionamiento de<br />
forrajes.<br />
No incluye: El cultivo de pasos forrajeros destinados a la producción<br />
comercial de semillas (subclase 01151).<br />
0112 Cultivo de hortalizas, legumbres, flores y plantas<br />
ornamentales<br />
La actividad hortícola consiste en el cultivo de plantas, temporales o<br />
perennes, en general de carácter intensivo, cuya finalidad es obtener<br />
distintos órganos comestibles tales como hojas, tallos, frutos –verdes,<br />
maduros o secos–, semillas, flores, tubérculos, yemas, rizomas o bulbos.<br />
Algunas actividades se desarrollan en explotaciones monocultoras y otras<br />
se realizanenunidades productivas muy diversificadas. También<br />
comprende la producción de flores y plantas ornamentales. Las actividades<br />
puedenser llevadas a cabo al aire libre, bajo cubiertas e incluso enmedios<br />
artificiales como hidroponía –cultivo en agua– u otros medios diferentes<br />
de la tierra de cultivo.<br />
No incluye: El cultivo de especias y plantas aromáticas y medicinales, de<br />
olivo para aceituna en conserva y de otros cultivos industriales (clase 0114).<br />
La produccióncomercial de semillas y de otras formas de propagaciónde<br />
hortalizas, flores y plantas ornamentales (clase 0115).<br />
Las actividades de viveros forestales (subclase 02013).<br />
01121 Cultivo de papa, batata y mandioca<br />
No incluye: La produccióncomercial de órganos de propagaciónde papa,<br />
batata y mandioca (subclase 01152).<br />
011211 Cultivo de papas y batatas<br />
011212 Cultivo de mandioca<br />
011220 Cultivo de bulbos, brotes, raíces y hortalizas de fruto<br />
Incluye: El cultivo de bulbos como cebolla, ajo, echalote, puerro, etcétera.<br />
El cultivo de hortalizas de fruto, como tomate, pimiento, zapallo, pepino,<br />
berenjena, melón, sandía, etcétera.<br />
El cultivo de raíces como la radicha, remolacha, zanahoria, nabo, etcétera.<br />
El cultivo de espárragos y ñame.<br />
El cultivo de frutilla.<br />
No incluye: El cultivo de papa, batata y mandioca (subclase 01121).<br />
El cultivo de hortalizas de hoja (subclase 01123).<br />
El cultivo de maíz dulce o choclo (subclase 01123).<br />
El cultivo de trufas y hongos (subclase 01123).<br />
El cultivo de coles (subclase 01123).<br />
El cultivo de frutales menores tales como frambuesa, zarzamora, arándanos,<br />
corinto, grosella, etcétera (subclase 01123).<br />
La produccióncomercial de semillas y de otras formas de propagaciónde<br />
hortalizas de fruto, remolacha, cebolla, frutilla, etcétera (subclases 01151<br />
y 01152).<br />
Ingresos Brutos y otros Impuestos de la Provincia de Buenos Aires / 205