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28 el registro mercantil <strong>en</strong> <strong>colombia</strong> Pres<strong>en</strong>tación 29<br />

Ahora bi<strong>en</strong>, la información que reposa <strong>en</strong> los registros públicos llega<br />

a ser valiosa por dos razones principales, la primera es porque provi<strong>en</strong>e de<br />

todos los obligados desde los distintos registros <strong>en</strong> forma directa, son estas<br />

personas qui<strong>en</strong>es acud<strong>en</strong> ante las cámaras de comercio a declarar su situación<br />

y a hacer la petición de inscripción <strong>en</strong> alguno de los registros, no hay<br />

intermediarios y tampoco se captura información de otras fu<strong>en</strong>tes, <strong>en</strong> tal<br />

s<strong>en</strong>tido se puede afirmar que el registro público que administran las cámaras<br />

de comercio es fu<strong>en</strong>te primaria de la información de los comerciantes.<br />

En segundo lugar, la información que reposa <strong>en</strong> los registros públicos<br />

es valiosa <strong>en</strong> cuanto que se manti<strong>en</strong>e actualizada y por lo tanto la información<br />

que reposa <strong>en</strong> el registro es sumam<strong>en</strong>te dinámica, adecuándose a la<br />

realidad y la naturaleza misma del mercado.<br />

De conformidad con lo dicho <strong>en</strong> los párrafos anteriores y considerando<br />

la importancia de mant<strong>en</strong>er la información del registro público actualizada,<br />

podemos evid<strong>en</strong>ciar cómo la ley ha prop<strong>en</strong>dido por solucionar una de las<br />

principales fallas del mercado, que es la refer<strong>en</strong>te a la asimetría de la información,<br />

<strong>en</strong>t<strong>en</strong>dida esta como la falta de información <strong>en</strong> el mercado para<br />

poder tomar decisiones racionales respecto de asuntos económicos, tales<br />

como la oferta de productos y servicios y la correspondi<strong>en</strong>te demanda de los<br />

mismos por parte de los actores que se <strong>en</strong>cu<strong>en</strong>tran <strong>en</strong> el mercado.<br />

Al principio de esta pres<strong>en</strong>tación hicimos m<strong>en</strong>ción a la importancia de<br />

la información <strong>en</strong> la sociedad moderna, sin embargo, para el tiempo que<br />

transcurre actualm<strong>en</strong>te, no cualquier información va a ser útil para solucionar<br />

los problemas de asimetría que exist<strong>en</strong> <strong>en</strong> el mercado; es por ello que<br />

el Estado <strong>colombia</strong>no, a través de las herrami<strong>en</strong>tas legislativas, reguló de<br />

manera más estricta lo que ya se había indicado <strong>en</strong> el Código de Comercio<br />

respecto de la r<strong>en</strong>ovación de la matrícula mercantil y el decreto 019 de 2012<br />

sobre los otros registros <strong>en</strong> lo que se refiere a esta obligación para <strong>en</strong>tidades<br />

difer<strong>en</strong>tes a los comerciantes, personas naturales y sociedades comerciales.<br />

A través de la ley 1727 de 2014 se realizó una reforma al Código de<br />

Comercio; <strong>en</strong> esta ley se incluyeron distintas normas refer<strong>en</strong>tes a la sanción<br />

por no efectuar la r<strong>en</strong>ovación de la matrícula mercantil y que se hicieron efectivas<br />

o que tuvieron sus primeras aplicaciones para el periodo de r<strong>en</strong>ovación<br />

del año 2015. D<strong>en</strong>tro de los tres primeros meses de este año se observó cómo<br />

los comerciantes asumieron el compromiso de cumplir con la norma r<strong>en</strong>ovando<br />

la matrícula mercantil oportunam<strong>en</strong>te, facilitando la actualización del<br />

registro público mercantil y al mismo tiempo evitando la aplicación de las<br />

sanciones previstas por la ley <strong>en</strong> aquellas situaciones de no r<strong>en</strong>ovación.<br />

La ley trató de ajustar la realidad de la información que reposa <strong>en</strong> los registros<br />

públicos con la realidad económica de las ciudades, las regiones y el país,<br />

sobre todo desde el punto de vista de la información, <strong>en</strong>t<strong>en</strong>di<strong>en</strong>do la importancia<br />

de esta para el mercado y la necesidad de superar la falla del mercado correspondi<strong>en</strong>te<br />

a la asimetría de la información como se observó anteriorm<strong>en</strong>te.<br />

T<strong>en</strong>i<strong>en</strong>do <strong>en</strong> cu<strong>en</strong>ta la <strong>en</strong>trada <strong>en</strong> vig<strong>en</strong>cia de la Ley 1727 se detectó que<br />

para el 2015 el proceso de r<strong>en</strong>ovación llevado a cabo <strong>en</strong> esta cámara de comercio<br />

tuvo cambios significativos, que pued<strong>en</strong> explicarse desde la información<br />

que arrojaron nuestros registros para abril de 2015. En relación con el 2014 los<br />

cambios <strong>en</strong> el número de trámites de r<strong>en</strong>ovación fueron los sigui<strong>en</strong>tes:<br />

RENOVACIONES EFECTUADAS ANTES DEL 1 DE ABRIL DE 2016 EN RELACIÓN<br />

CON LAS EFECTUADAS EN EL AÑO 2015 y 2014 EN EL MISMO PERIODO<br />

2014 2015 2016<br />

VARIACIÓN<br />

2015-2016<br />

Registro mercantil 54.027 85.938 81.863(*) -4,98 %<br />

Entidades sin ánimo de lucro 2.215 4.247 4.246 -0,001 %<br />

Registro Único de Propon<strong>en</strong>tes 1.266 1.699 1.742 0,97 %<br />

Registro Nacional de Turismo activos 1.107 1.317 1.525 0,863 %<br />

TOTAL 58.615 93.201 89.376<br />

En relación con la ley <strong>en</strong> com<strong>en</strong>to, puede afirmarse <strong>en</strong>tonces que con<br />

ella se cumple una de las funciones asignadas a la norma jurídica, que es la<br />

de su eficacia material <strong>en</strong> relación con sus destinatarios. La eficacia se <strong>en</strong>ti<strong>en</strong>de<br />

<strong>en</strong> este aspecto como la materialización de los efectos y resultados<br />

proyectados por el legislador <strong>en</strong> la realidad, se trata de un análisis <strong>en</strong> el que<br />

se evalúa la correspond<strong>en</strong>cia <strong>en</strong>tre lo regulado <strong>en</strong> la norma y los resultados<br />

objetivos que se obti<strong>en</strong><strong>en</strong> con dicha regulación, verificando de este modo si<br />

los resultados se adecúan a los propósitos establecidos por los legisladores<br />

al mom<strong>en</strong>to de crear la norma.<br />

El ejercicio de la función de administrar los registros públicos a cargo<br />

de las cámaras de comercio debe continuar, y gracias a instrum<strong>en</strong>tos normativos<br />

como el que hemos revisado <strong>en</strong> esta pres<strong>en</strong>tación se afianza el rol<br />

de estas instituciones <strong>en</strong> el mercado y <strong>en</strong> la economía del país. Las cámaras<br />

de comercio se constituy<strong>en</strong> cada vez más <strong>en</strong> un estam<strong>en</strong>to indisp<strong>en</strong>sable

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