17.11.2016 Views

en colombia

2cAqXFr

2cAqXFr

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

392 el registro mercantil <strong>en</strong> <strong>colombia</strong><br />

El registro mercantil y las sociedades 393<br />

ser registrada. De hecho, el numeral nov<strong>en</strong>o del artículo 28 del Código de<br />

Comercio ord<strong>en</strong>a que se inscriba la «remoción» de repres<strong>en</strong>tantes legales<br />

y de liquidadores, pero ninguna refer<strong>en</strong>cia se hace a su retiro voluntario. En<br />

el proyecto de lo que terminó si<strong>en</strong>do la Ley 222 de 1995, la Superint<strong>en</strong>d<strong>en</strong>cia<br />

de Sociedades (originadora del proyecto de ley) regulaba <strong>en</strong> cierto detalle la<br />

inscripción de la r<strong>en</strong>uncia de los administradores y de los revisores fiscales,<br />

de lo cual nada quedó <strong>en</strong> el texto de la ley aprobada por el Congreso. Sin<br />

embargo, desarrollos jurisprud<strong>en</strong>ciales m<strong>en</strong>cionados <strong>en</strong> este mismo trabajo<br />

(ver «Los administradores y el revisor fiscal») han impuesto a las cámaras de<br />

comercio la obligación de inscribir la r<strong>en</strong>uncia con alcances limitados y confusos.<br />

Así las cosas, la decisión unilateral de un administrador o revisor fiscal<br />

de hacer dejación de su cargo, comunicada al órgano nominador, podrá ser<br />

inscrita <strong>en</strong> el registro público mercantil, sin que de allí se derive la cancelación<br />

del nombrami<strong>en</strong>to de qui<strong>en</strong> se retira, el cual seguirá apareci<strong>en</strong>do <strong>en</strong> los<br />

certificados de la cámara de comercio para efectos de obligaciones, responsabilidades<br />

y oponibilidad de la designación fr<strong>en</strong>te a terceros.<br />

2.10 Las sucursales y ag<strong>en</strong>cias<br />

La sociedad comercial puede t<strong>en</strong>er uno o varios establecimi<strong>en</strong>tos de comercio,<br />

de los cuales son un ejemplo relevante las sucursales y las ag<strong>en</strong>cias; las primeras<br />

(artículo 263, C. Co.) son administradas por un funcionario de la compañía<br />

que ti<strong>en</strong>e capacidad de repres<strong>en</strong>tación de la persona jurídica, mi<strong>en</strong>tras que las<br />

segundas (artículo 264, C. Co.) están a cargo de un funcionario que administra<br />

parte del patrimonio de la sociedad, pero no puede llevar la vocería corporativa<br />

por activa y por pasiva, a excepción de los efectos laborales derivados del artículo<br />

33 del Código Sustantivo de Trabajo. Como establecimi<strong>en</strong>tos de comercio,<br />

se crean mediante decisión del órgano compet<strong>en</strong>te (Asamblea G<strong>en</strong>eral de<br />

Accionistas, Junta Directiva o Junta de Socios), que se hace público por medio<br />

de la inscripción <strong>en</strong> el Registro Mercantil de la sede del establecimi<strong>en</strong>to de la<br />

parte pertin<strong>en</strong>te del acta y del nombrami<strong>en</strong>to del administrador (artículo 28<br />

(6), C. Co.). El efecto de este registro es de oponibilidad 16 . De manera igual se<br />

procede a la cancelación del establecimi<strong>en</strong>to de comercio.<br />

2.9 La remoción<br />

La decisión del órgano corporativo compet<strong>en</strong>te de despojar de su cargo a los<br />

administradores (repres<strong>en</strong>tantes legales, gestores, factores y miembros de<br />

Junta Directiva) y al revisor fiscal principal y supl<strong>en</strong>te, no releva de derechos y<br />

obligaciones al removido, hasta tanto no se produzca el registro del nombre<br />

de qui<strong>en</strong> ha de sustituirlo. Con la precisión hecha por la Corte Constitucional<br />

sobre plazo para la designación del reemplazo, y sobre efectos del mant<strong>en</strong>imi<strong>en</strong>to<br />

del registro, debe dejarse claro que tal remoción debe aparecer <strong>en</strong> el<br />

registro público mercantil y podrá probarse con certificado expedido por la<br />

cámara de comercio o mediante inspección judicial practicada <strong>en</strong> el Registro<br />

Mercantil, tal como lo dispon<strong>en</strong> los artículos 28 y 30 del Código de Comercio.<br />

La inscripción de la remoción producida por el nominador es una advert<strong>en</strong>cia<br />

a terceros más o m<strong>en</strong>os inocua, y bastante confusa <strong>en</strong> sus alcances, con<br />

fines básicam<strong>en</strong>te internos, que manti<strong>en</strong>e vig<strong>en</strong>tes las designaciones de los<br />

removidos fr<strong>en</strong>te a la sociedad y a qui<strong>en</strong>es no sean los asociados.<br />

2.11 La cesión<br />

Si bi<strong>en</strong> la reforma estatutaria de la cual se deriva el traspaso de las cuotas<br />

sociales es cons<strong>en</strong>sual, la cesión misma es solemne, tal como lo establece<br />

para las compañías de responsabilidad limitada el artículo 366 del Código de<br />

Comercio: «La cesión de las cuotas deberá hacerse por escritura pública, so<br />

p<strong>en</strong>a de ineficacia». Se ratifica <strong>en</strong> esta norma que la inoponibilidad se deriva<br />

del registro, no solo fr<strong>en</strong>te a terceros sino fr<strong>en</strong>te a la compañía misma (que <strong>en</strong><br />

realidad es un tercero con relación al ced<strong>en</strong>te y al cesionario), disponiéndose<br />

16 A raíz de la promulgación de la Ley 1607 de 2012, se incorporó a la legislación<br />

<strong>colombia</strong>na el concepto de establecimi<strong>en</strong>to perman<strong>en</strong>te, que es <strong>en</strong>t<strong>en</strong>dido como<br />

«un lugar fijo de negocios ubicado <strong>en</strong> el país, a través del cual una empresa extranjera,<br />

ya sea sociedad o cualquier otra <strong>en</strong>tidad extranjera, o persona natural sin<br />

resid<strong>en</strong>cia <strong>en</strong> Colombia, según el caso, realiza toda o parte de su actividad». Las<br />

sucursales de sociedades extranjeras son tomadas como típicos ejemplos de establecimi<strong>en</strong>tos<br />

perman<strong>en</strong>tes. El Decreto 2620 de 2014 reguló lo relativo a la inscripción<br />

y cancelación del RUT para las personas naturales no resid<strong>en</strong>tes <strong>en</strong> Colombia<br />

y las sociedades y <strong>en</strong>tidades extranjeras que realic<strong>en</strong> operaciones a través de establecimi<strong>en</strong>tos<br />

perman<strong>en</strong>tes difer<strong>en</strong>tes a sucursales.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!