17.11.2016 Views

en colombia

2cAqXFr

2cAqXFr

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

72 el registro mercantil <strong>en</strong> <strong>colombia</strong><br />

Aproximación a una historia del registro mercantil <strong>en</strong> Colombia 73<br />

-8-<br />

Epílogo<br />

8.1 Eclosión de registros públicos<br />

En las páginas anteriores hemos visto la evolución de los registros públicos<br />

nacionales que mediante delegación legal son administrados por las cámaras<br />

de comercio. Hoy, ocho de ellos están agrupados <strong>en</strong> el Registro Único<br />

Empresarial y Social, RUES. Tradicionalm<strong>en</strong>te han existido otros registros<br />

públicos, si<strong>en</strong>do los de mayor relevancia el registro inmobiliario, que conti<strong>en</strong>e<br />

la propiedad inmueble, sus titulares, gravám<strong>en</strong>es y embargos y el registro<br />

civil de personas, que conti<strong>en</strong>e desde el nacimi<strong>en</strong>to hasta la muerte de los<br />

ciudadanos. Como a continuación se pres<strong>en</strong>ta <strong>en</strong> una distribución temática,<br />

se ha dado una explosión o eclosión de registros públicos, que, de un lado,<br />

evid<strong>en</strong>cia la trasc<strong>en</strong>d<strong>en</strong>cia jurídica, social y económica de los mismos y, del<br />

otro, se insiste, refleja la aus<strong>en</strong>cia de unas políticas públicas sobre la materia,<br />

al no haberse adoptado una forma estandarizada o única para los mismos.<br />

8.2 Portal electrónico único<br />

Hasta el pres<strong>en</strong>te no se ha creado un portal electrónico unificado de registros<br />

para su consulta y se carece de una integración <strong>en</strong>tre las difer<strong>en</strong>tes<br />

ag<strong>en</strong>cias del estado responsables de los mismos que sirva para su validación<br />

y conformidad.<br />

8.3 Normas constitucionales y legales<br />

Es evid<strong>en</strong>te, <strong>en</strong> esta materia, la aus<strong>en</strong>cia de reglas jurídicas universales que<br />

determin<strong>en</strong> los efectos o las consecu<strong>en</strong>cias de los registros, sea que estos<br />

t<strong>en</strong>gan una función declarativa de derechos o constitutiva de ellos o, <strong>en</strong><br />

otros casos, como factores habilitantes o requisitos previos necesarios para<br />

acceder a derechos o b<strong>en</strong>eficios. De otro lado, también debe recordarse la<br />

observancia obligatoria de postulados constitucionales como el consagrado<br />

<strong>en</strong> el artículo 15 39 de la Carta, que preserva el derecho a la intimidad y<br />

que se <strong>en</strong>cu<strong>en</strong>tra desarrollado <strong>en</strong> la Ley 1266 de 2008 o Ley de Habeas Data.<br />

Lo anterior <strong>en</strong> concordancia con lo preceptuado <strong>en</strong> el artículo 20 40 de la<br />

Constitución refer<strong>en</strong>te al derecho a la información. Igualm<strong>en</strong>te, debe t<strong>en</strong>erse<br />

pres<strong>en</strong>te el artículo 84 41 de la Carta, que prohíbe establecer requisitos,<br />

permisos o lic<strong>en</strong>cias para ejercer derechos o actividades reglam<strong>en</strong>tadas de<br />

manera g<strong>en</strong>eral. En la actualidad el Estado trabaja <strong>en</strong> la elaboración de un<br />

proyecto d<strong>en</strong>ominado «carpeta ciudadana», del que trata la Ley 1753 de 2015,<br />

o ley del Plan Nacional de Desarrollo de 2014-2018. En esta ley, <strong>en</strong> su artículo<br />

45, parágrafo segundo, se incorporó la carpeta ciudadana como uno de los<br />

propósitos estatales que buscan la gestión, el acceso, el uso y la apropiación<br />

de las tecnologías de la información y de la comunicación, TIC, y cuya noción<br />

la define así «Parágrafo segundo. El Gobierno nacional, a través del MinTIC,<br />

diseñará e implem<strong>en</strong>tará políticas, planes y programas que promuevan y optimic<strong>en</strong><br />

la gestión, el acceso, uso y apropiación de las TIC <strong>en</strong> el sector público,<br />

39 Artículo 15. Todas las personas ti<strong>en</strong><strong>en</strong> derecho a su intimidad personal y familiar y<br />

a su bu<strong>en</strong> nombre, y el Estado debe respetarlos y hacerlos respetar. De igual modo,<br />

ti<strong>en</strong><strong>en</strong> derecho a conocer, actualizar y rectificar las informaciones que se hayan recogido<br />

sobre ellas <strong>en</strong> bancos de datos y <strong>en</strong> archivos de <strong>en</strong>tidades públicas y privadas.<br />

En la recolección, tratami<strong>en</strong>to y circulación de datos se respetarán la libertad<br />

y demás garantías consagradas <strong>en</strong> la Constitución. La correspond<strong>en</strong>cia y demás<br />

formas de comunicación privada son inviolables. Solo pued<strong>en</strong> ser interceptadas<br />

o registradas mediante ord<strong>en</strong> judicial, <strong>en</strong> los casos y con las formalidades que establezca<br />

la ley. Para efectos tributarios o judiciales y para los casos de inspección,<br />

vigilancia e interv<strong>en</strong>ción del Estado podrá exigirse la pres<strong>en</strong>tación de libros de<br />

contabilidad y demás docum<strong>en</strong>tos privados, <strong>en</strong> los términos que señale la ley.<br />

40 Artículo 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su p<strong>en</strong>sami<strong>en</strong>to<br />

y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de<br />

fundar medios masivos de comunicación. Estos son libres y ti<strong>en</strong><strong>en</strong> responsabilidad<br />

social. Se garantiza el derecho a la rectificación <strong>en</strong> condiciones de equidad. No habrá<br />

c<strong>en</strong>sura.<br />

41 Artículo 84. Cuando un derecho o una actividad hayan sido reglam<strong>en</strong>tados de<br />

manera g<strong>en</strong>eral, las autoridades públicas no podrán establecer ni exigir permisos,<br />

lic<strong>en</strong>cias o requisitos adicionales para su ejercicio.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!