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teoria de las relaciones internacionales - Páginas Personales UNAM

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preciso en el ejercicio jurídico que cuando se emplean se <strong>de</strong>be respetar el sentido o <strong>de</strong> locontrario no se enten<strong>de</strong>rían.También <strong>de</strong>be manejarse la técnica legislativa mediante la que se distribuyen <strong>las</strong> normas entítulos, capítulos y artículos En el artículo se <strong>de</strong>be contener una sola norma. En el caso <strong>de</strong>llitigante, esta técnica se basa en los escritos judiciales y en la elaboración <strong>de</strong> documentosjurídicos. Al presentar un problema se <strong>de</strong>ben distinguir y enumerar los hechos, <strong>las</strong>consi<strong>de</strong>raciones o fundamentos en el <strong>de</strong>recho y <strong>las</strong> conclusiones.La metodología para la acción-investigación jurídica no sólo se queda en el momento <strong>de</strong> lapresentación <strong>de</strong>l litigio, sino también en la investigación para enten<strong>de</strong>r el problema jurídicosocial. Para ello se ha recurrido a la hermenéutica; ésta es, como ya se dijo, un esfuerzointerpretativo que vaya a la par con la comprensión, pues “compren<strong>de</strong>r es siempreinterpretar y en consecuencia la interpretación es una forma explícita <strong>de</strong> comprensión”. 243La hermenéutica jurídica instituye la tensión que existe entre el texto <strong>de</strong> la ley y el sentidoque alcanza su aplicación al momento concreto <strong>de</strong> la interpretación en el juicio. Una ley nopi<strong>de</strong> ser entendida históricamente, sino que la interpretación <strong>de</strong>be concretarla en su vali<strong>de</strong>zjurídica. Esto implica que si la ley ha <strong>de</strong> ser entendida a<strong>de</strong>cuadamente <strong>de</strong> acuerdo con <strong>las</strong>pretensiones que mantiene <strong>de</strong>be ser comprendido en cada momento y en cada situaciónconcreta <strong>de</strong> una manera nueva y distinta. “Compren<strong>de</strong>r es siempre también aplicar”. 244En el conocimiento, la investigación y el ejercicio jurídico, la metodología no es única,sino que, como señaló Tamayo, la metodología jurídica es sólo una parte <strong>de</strong> la metodologíaen general, por lo cual si se quieren i<strong>de</strong>ntificar los diversos métodos es necesario conocer<strong>las</strong> opciones <strong>de</strong> conocimiento en la realidad jurídica y sopesar <strong>las</strong> metodologías vigentespara i<strong>de</strong>ntificar cuáles permiten aproximarse mejor al conocimiento <strong>de</strong> <strong>las</strong> mismas.3.3 DERECHO INTERNACIONAL, HISTORIA DE LAS RELACIONESINTERNACIONALES Y TEORÍA DE LAS RELACIONES INTERNACIONALES.Después <strong>de</strong> la revisión <strong>de</strong> algunos <strong>de</strong> los principales aspectos <strong>de</strong>l <strong>de</strong>recho internacional y lahistoria <strong>de</strong> <strong>las</strong> <strong>relaciones</strong> <strong>internacionales</strong>, y su relación con la disciplina <strong>de</strong> <strong>relaciones</strong><strong>internacionales</strong> para la construcción <strong>de</strong> teorías, se pue<strong>de</strong> <strong>de</strong>ducir que tanto el <strong>de</strong>recho comola historia tienen sus aportaciones para esa construcción teórica porque ambas disciplinas,en sus particulares ámbitos, también construyen teorías sobre la sociedad que pue<strong>de</strong>napoyar no sólo el entendimiento, sino a<strong>de</strong>más la orientación <strong>de</strong> la acción en <strong>las</strong> <strong>relaciones</strong><strong>internacionales</strong>.243 Gadamer. op. cit., p. 378.244 Ibí<strong>de</strong>m, p. 380.

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