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Descargar Obra - Poder Judicial

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El articulo 11 de la Constitucion Nacional garantiza el derecho a la liibertadpersonal y por lo mismo establece que "nadie sera privado de su liberi(dfisica o procesado, sino mediando las causas y en las condiciones fijadasP .por esta Constitucion y las leyes ...".FLa regla basica es la libertad del imputado durante el proceso, frente aI.,@la se opera por excepcion conforme al claro imperativo constitucional.7,El principio favor libertatis tiene profundas raices en instrumentos juridicosinternacionales como la Convencion Americana sobre los DerechosHumanos denominada "Pacto de San Jose", articulo 7 que prescribe: "Todapersona tiene derecho a la libertad y a la seguridadpersonal ... ". La ConvencionInternacional sobre los derechos del nino dispone: " ... Ningun nino seraprivado de su libertad ilegal o arbitrariamente. La detencion, encarcelamiento ot prision de un nino se utilizara tan solo como medida de ultimo recurso y duranteC.elperiodo mas breve que proceda ... " y el articulo 9.3 del Pacto Internacional de1 ,Derechos Civiles y ~oliticos~~.EEn virtud al limite en el ejercicio de la soberania del Estado que imponennormas citadas, el Codigo de la Ninez y la Adolescencia condiciona la aplicande la prision preventiva antes de la existencia de una sentencia "solo" cuanlasmedidas provisorias previstas en el articulo 232 no sean suficientes parala finalidad perseguida.Ec. A.;Lo anterior no hace mas que reflejar el prisma proteccionista que ha otorgadoel legislador al adolescente y con ello naturalmente evitar los efectos perversosy nefastos que ocasiona en ellos el encierro.,, Conviene recordar aqui el compromiso de cara internacional asumido porpestro pais al ratificar las CONVENCION~S: "... Los Estados Partes se compometenasegurar al nino la proteccion y el cuidado ..." (Art. 3.* ConvencionFptemacional sobre los derechos del nino)-"Todo nino tiene derecho a las medidas de proteccion que su condicionde menor requieren por parte de su familia, de la sociedad y el Estado" (Art. 19,Pacto de San Jose).',Cuales son los efectos que la prision puede provocar?1- El grave peligro de contagio criminal, dado que obliga al preventivo avivir con los ya condenados o, por lo menos en sus mismas condiciones.Se dice que una vez que los adolescentes se mezclan en el sistemacriminal, es mas dificil que se alejen de una vida de crimenes.;," Debemos recordar que los mencionados convenios fueron ratificados por nuestro pais y"conforme al articulo 137 de la Constitucion Nacional poseen rango cuasiconstitucional.

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