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Descargar Obra - Poder Judicial

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JURISDICCION DE LA NINEZ Y LA ADOLESCENCIAdas que actualmente asciende a la suma de GUARANIES CINCO MILLONES(Gs. 5.000.000), que el Sr. M.L.B., debe pasar a su hija M.G.L.D., en conceptode pension alimenticia. La accion fue promovida por la madre biolcjgica de lanina, Sra. M. G. L. D.El alimentante se agravia contra la cantidad fijadale en concepto depension alimentaria a favor de su hija, solicitando se retase a su justo limite deacuerdo a sus posibilidades actuales. El punto que critica se refiere al caudaleconomico, en el que la Jueza de grado apoyo la pension asignada. Sostieneque las testificales, asi como los peritajes rendidos en autos, constituyen actosde favor hacia la demandante. Respecto a los informes recabados, el de IN-TERBANCO, falta a la verdad ya que no cuenta con ninguna cuenta corrienteen moneda extranjera, conforme al informe obrante a fs. 33,1091121. El de laSub-Secretaria de Tributacion del Ministerio de Hacienda, se refiere a declaracionesjuradas de los anos 1992 al 1996, en la actualidad ya no figura comocontribuyente, acompanando constancia de Apoyo Fiscal No Al101 5038, estosdocumentos tampoco pueden ser tomados como demostrativos de ingresos,desde el momento que perdieron validez y ser de anos anteriores, que no reflejanla realidad. En cuanto, al documento de fs.95, referente a una Cta. Cte.acompano copia del movimiento de la misma, donde se comprueba que esta ensobregiro, y debe considerarse como un egreso y no como un ingreso. El documentode fs. 97, se refiere a una caja de Ahorros cuyo titular es la senoritaM.F. La solicitud obrante a fs. 1471143, corresponde a una tarjeta que fue anuladaen el ano 1998, conforme el informe de fs. 152. Los de BANCARD S.A.,fs. 107, Citibank, Banco Continental, BBVA, Procard, S.A., todos se refieren atarjetas de credito, que no pueden ser considerados ingresos, pues todos configurancreditos que si llegan a usufiuctuarse, deben ser pagados, es decir sonderechos en expectativa. Lo mismo ocurre, con los obrantes a fs. 141 y 146,respectivamente. Respecto, a la titularidad de la firma .................., manifiestaque el mismo fue clausurado, conforme al certificado Tributario y la constanciade Clausura del negocio y cese de actividades profesionales, expedido por elMinisterio de Hacienda, Nos. 0145120 y 5694, respectivam'ente. El negocio..................... esta a nombre de W.D. y se encuentra sin movimiento. EnI relacion a las lineas telefonicas, tampoco puede ser considerada como ingresos,S ya que son elementos de trabajo. La empresa .................................. antes quearrojar ingresos, trabaja a perdidas, conforme el ultimo balance, que se acompana.Que los de, fs. 2371244, informa que los inmuebles cuyos datos se pidieron,no a n de su propiedad y de ninguna manera pueden constituirse eningresos. Termina solicitando se declare nula la sentencia recurrida y10 se reduzcala pension alimenticia, acorde a su realidad economica.La cuestion que adquiere relevancia es determinar aproximadamente elcaudal economico del alimentante, para fijar una pension que pueda sustentarlos medios de subsistencia basica para la nina. Para acreditar este extremo, laparte actora ofrecio pruebas instrumentales y testificales.Ahora bien, la Constitucion Nacional, en el art. 53 establece: Los padres tienenel derecho y la obligacion de asistir, de alimentar, de educar y de amparar a sus

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