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Descargar Obra - Poder Judicial

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JURISDICCION DE LA NINEz Y LA ADOLESCENCIAdel Codigo de la Ninez y la Adolescencia, cuyo principio rector es la aplicacionde la prision preventiva como ultima ratio.La impugnante destaca igualmente que el Juez no aplico la excepcionalidadde la privacion de la libertad establecida en la Constitucion Nacional,Convencion Internacional sobre los Derechos del Nino en atencion a la finalidadde las medidas en este fuero especializado.La representante del Ministerio Publico Abog. Liliana Alcaraz Recaldeal contestar el traslado solicita "se confirme el fallo por la existencia de hechossuficientes para sostener razonablemente que H.D. V.R. es uno de los autoresdel hecho punible y el peligro de fuga teniendo en cuenta la pena que podriaserle impuesta".Corresponde previamente emitir juicio sobre la admisibilidad o no delrecurso de apelacion general interpuesto.Analizado los autos, encontramos reunidos los presupuestos de caracterformal exigidos por el Codigo adjetivo para su admision.El fallo impugnado senala entre otras cosas " ... existen elementos deconviccion suficientes para sostener razonablemente que el imputado de autosse halla implicado en el supuesto hecho investigado; por lo que consecuentementepodria existir peligro de fuga, teniendo en consideracion la expectativade pena que podria ser impuesta al imputado, por lo tanto el mismo no reunelos requisitos para el mejoramiento de la prision preventiva decretado en autos,debiendo en consecuencia ratificar la medida cautelar de prision decretadapor este Juzgado con relacion al imputado H.D. V. R.. . . ".No encontramos base alguna para aplicar la medida mas gravosa, a loque corresponde agregar que los argumentos esgrimidos por el Juez no se compadececon la particularidad del proceso penal de la adolescencia que dimanade normas internacionales incluida la Convencion Internacional sobre los Derechosdel Nino, de caracter vinculante con su ratificacion que establece claramenteque la privacion de libertad tanto como medida provisoria y definitivadebera utilizarse como ultima ratio al prescribir: "Los Estado Partes velaranporque ... b) Ningun nino sera privado de su libertad ilegal o arbitrariamente.La detencion, encarcelamiento o prision de un nino se utilizara tan solo comomedida de ultimo recurso y durante el periodo mas breve que proceda (Art.37.t,).En concordancia con esta disposicion internacional las Reglas Uniformesde las Naciones Unidas para la administracion de la Justicia de Menores(Reglas de Beijing) pretende evitar la restriccion de libertad del adolescenteestableciendo medidas alternativas.El Codigo de la Ninez y la Adolescencia en sintonia con las precitadasnormas determina la excepcionalidad de la prision preventiva al disponer: "Laprision privativa de un adolescente podra ser decretada solo cuando con lasmedidas provisorias previstas en el Articulo 232, primer parrafo, de este Codigono sea posible lograr su finalidad. Al considerar la proporcionalidad de lamedida, se tendra en cuenta la carga emocional que la ejecucion de la mismaimplica para el adolescente. En caso de decretar la prision preventiva, la or-

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