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Descargar Obra - Poder Judicial

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h) tratar de reconciliarse con la victima;i) evitar la compania de determinadas personas;j) abstenerse de concurrir a determinados lugares o lugares exclusivospara mayores de edad;k) asistir a cursos de conduccion; y,1) someterse, con acuerdo del titular de la patria potestad o deltutor, en su caso, a un tratamiento medico social por un especialista oun programa de desintoxicacion.Las medidas socioeducativas se ordenaran por un tiempo determinadoque no excedera de dos anos de duracion.El Juez podra cambiar las medidas, eximir de ellas y prolongarlas, antesdel vencimiento del plazo ordenado, hasta tres anos de duracion, cuando estosea indicado por razones de la educacion del adolescente.Previo acuerdo de la Consejeria Municipal por los Derechos del Nino,Nina y Adolescente (CODENI), el Juez tambien podra decretar la orden al adolescentede aceptar las medidas previstas en el Articulo 34, parrafo segundo,incisos c) e i) de este Codigo.CAP~TULO 111DE LAS MEDIDAS CORRECCIONALESArticulo 203.- DE LA NATURALEZA DE LAS MEDIDAS CORRECCIO-NALES.El hecho punible realizado por un adolescente sera castigado con unamedida correccional cuando, sin ser apropiada una medida privativa de libertad,sea necesario llamar seria e intensamente la atencion del adolescente acer-.ca de la responsabilidad por su chducta.Son medidas correccionales:a) la amonestacion; y,b) la imposicion de determinadas obligaciones.

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