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Descargar Obra - Poder Judicial

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'Para facilitar como se dio lugar el dictamiento de la sentencia recurridaes necesario aclarar la forma en que el juicio tuvo su inicio y hacer un breverecuento de las actuaciones procesales que la precedieron. En principio, lossenores SRP y MLG se presentaron a solicitar la guarda de una nina de un ano[y tres meses de edad a quien informalmente le han puesto el nombre de JulietaMaria, y con sus apellidos PG, a los efectos de brindarles atenciones medicas ylaboratoriales urgentes en ese momento. En ese momento la nina no tenia ningundocumento identificatorio. Por otra parte, los recurrentes manifestaron quela nina les fue ofrecida a traves del Dr. Saturnino Marin y la Lic. Teresa deMarin quienes le manifestaron que la madre de la nina, la Senora Ramona Valenzuela,tenia la intencion de entregar a su hija en adopcion para llevar unavida mejor de la que ella podia ofrecerles (Fs. 416 - 23/09/02).Ante esta peticion, por A.I. No 569 del 26/09/02 (Fs. 7), el juzgadootorgo la guarda de la nina a los peticionantes y dispuso las medidas de rigorpara estos casos. Posteriormente, ante denuncia formulada ante la ComisariaTercera de Luque, se presento la senora RV denunciado el secuestro de su hijaP D V, atribuyendo el hecho delictivo a su prima RV, denunciada formula el24/09/02. Y bien, esta denuncia dio lugar a todo un proceso penal en el quequedo acreditado que se trataria de la misma nina solicitada en guarda, procedimientopenal en la que quedo verificado el emplazamiento familiar de la ninaotorgada en guarda (fs. 15/60). Dentro de este contexto, ante la nueva situacioncreada los senores S R P y M L C, ante el cambio de situacion suscitada y dadala existencia de un proceso penal, se presentaron ante el Juzgado a solicitar quese revoque la guarda otorgadoles y que se disponga la restitucion de la nina asu madre biologica a la senora R V. (fs.74176- 5112/02). <strong>Obra</strong> en autos el certificadode nacimiento de la nina PDV (fs.84).Ante esta peticion, en ves de hacer lugar a lo requerido por los recurrentes,la Jueza fio nuevas audiencias a fin de escuchar a la senora RV y aotras personas que ya nada tenian que ver ya que la guarda otorgada habia perdidosu razon de ser. Tambien se hicieron estudios socio ambientales de al familiade los guardadores y de la madre biologica de la nina PDV, que dieroncomo resultado la verificacion de la diferencia social que existia entre ambasfamilias. Luego de estas diligencias, el Juzgado dicto la sentencia iecurrida porlo cual confirma la guarda de la nina PDV a favor de los Senores SRP y MLG,resolucion contra la cual interpusieron y fundaron el recurso de apelacion de laAbog. Bettina Ovando, Defensora de la Ninez y la Adolescencia del cuartoturno (Fs. 1391141) y la Abog. Mariana Vazquez, Defensora Publica de Pobresy Ausentes en la Jurisdiccion de la Ninez y de la Adolescencia del SegundoTurno de la Capital (fs. 145/146), solicitando ambas la revocatoria de la sentenciarecurrida.CUESTI~N DE FONDOAdelanto mi opinion por la revocatoria de la sentencia en revision enbase a los siguientes argumentos:1) Ante la presentacion de los senores SRP y MLG, deviene obvio quela pretension involucraba la intencion de adoptar a la nina y, en consecuencia,517

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